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Alquiler de Casa

1 Comentarios
 
perfil Jan
19/07/2013 12:15
Hola javi.

1º) Sí, es cierto por aplicación del artículo 36 de la Ley de Arrendamientos urbanos de 1994.

2º) Sí. Y lo de que debe firmar no es un contrato, sino un documento de entrega de llaves y estado de la vivienda.

Reciba un cordial saludo.

http://letradosalquileres.es.tl
Alquiler de casa
18/07/2013 13:52
Hola, tengo un contrato de alquiler de un año, pero puedo abandonar la casa cuando quiera el unico requisito, es avisar con dos meses de antelacion. El de immobiliaria es muy amigo del propietario y ahora ponen pegas para devolver la fianza. A parte de que la casa no tiene una instalacion electrica correcta, la tiene fatal y ni siquiera tiene contador de luz, ahora que realmente veo la instalacion, dudo que esta casa sea hasta habitable.
El 1 de octubre me tengo que ir de aqui y me dice que el propietario tiene 30 dias por ley para devolver la fianza a partir del dia que nos vayamos, esto es cierto? Porque realmente creo que no me devolvera el dinero. El plazo este de 30 dias tambien debe figurar en el contrato que tengo que firmar al irme?