Tenemos en la comunidad un cuarto vacio que un vecino quiere alquilar para trastero. Al ser un espacio comunitario ¿todos los vecinos tienen que estar de acuerdo para poderlo alquilar?
Gracias de antemano.
CMLF
Art. 17.1 de LPH (2º parrafo): El arrendamiento de elementos comunes que no tenga asignado un uso específico en el inmueble requerirá igualmente el voto favorable de las tres quintas partes del
total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, así como el consentimiento del propietario directamente afectado, si lo hubiere".
Un saludo,
Gracias por la respuesta, Acritón que tenga que incluirse en el orden del día está en algún artículo de la LPH, porque en mi comunidad no lo han puesto y lo han subido.
También quiero saber si el precio que se le cobre tiene que ser por las 3/5 partes de todos los propietarios.
Gracias.
CMLF
Sí, se ha tratado pero en ruegos y preguntas, no son muy amigos de hacerlo en el orden del día, les gusta las sorpresas porque así la gente no se prepara.
cmlf
Ruegos y preguntas, es lo que su nombre indica.
Nunca se puede aprobar algo que no venga reflegado en el acta, a no ser que todo el mundo este de acuerdo, o que sea algo urgente que afecte a la comunidad