Hola j1982. Voy a interntar responder a su pregunta por orden de aparición:
1º) "Inscripción en el registro de propiedad del derecho de opción -- Si lo hago me vale para cancelar la cuenta ahorro vivienda?"
La respuesta es negativa. La razón es que mientras no se ejerza la opción de compra lo que el arrendatario está pagando es una renta de alquiler.
2º)"Tiempo -- Cual es tiempo medio de estos tipos de contrato?"
Prima la voluntad de las partes. Sin embargo, si el plazo para ejecer la opción a compra es superior a 4 años no habrá entonces posibilidad de que sea inscrita en el Registro de la Propiedad.
3º)"% -- Lo normal que porcentaje del alquiler mensual no será descontado del precio total del piso?"
Prima la voluntad de las partes, aunque se debe intentar conseguir el 0%.
4º)" Gastos de IBI y comunidad -- ¿Quien lo debe pagar?"
Prima la voluntad de las partes, ya que la opción a compra es únicamente un pacto más que consta en un contrato de arrendamiento de vivienda.