Tiengo una vivienda en Pontevedra, con mi hermano, y estariamos a pensar vender-la.
Lo problema es que la vivienda no está registrada en nuestro nombre (nosotros tambien somos portugueses y recebimos la vivienda por sucession de un Tio que faleceu en Pontevedra) y estamos, neste momento, a tratar de Registrar essa vivienda.
La persona que pretende comprar la vivienda, tiene que solicitar empréstimo al Banco, assí que tenemos que tener la vivienda registrada para que lo Banco conceda lo emprestimo.
La "futura" compradora, quiere Alquilar la vivienda até que nosotros tratemos de toda la documentacion.
Que tipo de contrato de Alquilar se deve hacer (en Portugal tenemos lo contrato para habitacion con duracion limitada) y qual la duraccion deve tener el contrato de Alquiler, para que, assim que toda la documentacion de la vivienda esteja tratada (mais ou menos 5 ou 6 meses) se possa celebrar el contrato de compra e venda?
Que tipo de contrato de Alquiler se puede hacer, para que fique salvaguardada la situacion de, assim que la vivienda esteja registrada, la inquilina fique obligada a celebrar el contrato de compra e venda ou, caso no lo haga, nosotros, proprietários, possamos conceder un pré-aviso para que la Inquilina saia de la casa, sin derecho a qualquier indemnizacion?
Muchas gracias por la atencion.
Un cordial Saludo de Portugal