Hola, me han pasado para revisar un contrato de alquiler con opcion de compra y no tengo claro la siguiente clausula. Se refiere a que si no se ejerce la opción, el arrendatario perderá a favor de la arrendadora todas las cantidades que por concepto de renta o pago a cuenta hubiera entregado, a excepción del 15% de éstas que le será reintegrado unto ocn el importe de la fianza si entrega la vivienda en perfectas condiciones, sin daños en las paredes , sin raspaduras y en perfecto estado de pintura, conservación y mantenimiento.
Gracias por ayudarme
Hola sofichu. Imagino que la opción de compra estará limitada a un plazo determinado. En este caso es normal pactar que la renta pagadera durante ese plazo, SI AL FINAL NO SE EJERCITA LA OPCIÓN DE COMPRA, se pierda tal opción y las cantidades ingresadas sean consideradas como pago de la renta(alquiler).