Buenas tardes. Acabo de vender mi casa, con las condiciones de alquiler con opción a compra. Las condiciones son, deposito del 10% del precio de la vivienda en contrato de arras, y alquiler mensual, . A los dos años han de comprar la casa, el 95% del depósito y del alquiler se descontará del precio de venta . En caso de no comprar a los dos años, o dejar de pagar el alquiler, perderán todo lo depositado.
Todo bien, pero sigue habiendo riesgo de que dejen de pagar el alquiler y luego no puedas echarlos de la vivienda.
¿ qué opináis de este tipo de contratos?
Gracias a todos y felicidades por este foro.
Este tipo de contrato suele dar muchos problemas, casi siempre, pero en fin: esperemos que en tu caso no sea asi. De momento parece que las clausulas estan claras, pero dejame que te haga una pregunta: ¿has establecido en el contrato cual es el precio de compra?
Si. Por una parte hay un contrato de arras, con un importe del depósito, y una fecha de vencimiento, donde se indica que en X fecha, o anteriormente, nunca posterior a esa fecha, se debe haber pagado y ejecutado la compra del inmueble, cuyo precio de venta es X. Y donde se indica que existe un contrato anexo de alquiler..
En el contrato de alquiler se indica que los importes aportados por el arrendamiento, se descontarán del importe total de la venta, siempre que no existan impagos, como máximo 2 mensualidades, en cuyo caso, el comprador perderá eel derecho a reclamar el depósito y los pagos del alquiler.
No se si lo he explicado bien.
Si lo he entendido bien. Si que parece un arrendamiento con opcion a compra. Un poco sui generis, pero si que lo parece.
De todas formas no veo cual es exactamente tu duda. Preguntabas si se le puede echar en caso de que no pague: pues parece que si, no se. ...
Comparto la impecable respuesta de Leonjbr: el contrato está bien, es válido para lo que se pretende.
Y si la duda es si se les puede echar si no pagan: yo también opino que parece que si, nada de lo pactado -al menos de lo expuesto en la consulta- impide ejercitar la acción de desahucio.
Hace ya un tiempo hubo una consulta sobre desahucio por impago y opción de compra, y creo recordar que se llegó a la conclusión de que la interposición de demanda de desahucio privaba al inquilino de la posibilidad de comprar. Y esto tiene su lógica, porque he visto casos de inquilinos que dejaban de pagar para ver si un empeoramiento de la situación económica del arrendador forzaba a éste a negociar el precio a la baja. Si, hay que ser retorcido, pero los arrendamientos es uno de esos mundos donde la realidad supera la ficción.