Resulta que estoy buscando un piso de alquiler y ya me he encontrado en varias ocasiones con que el dueño del piso me pide un aval bancario de X meses de alquiler antes de firmar el contrato.
Supongamos que el alquiler es de 1000€ al mes y firmo un aval por una cantidad correspondiente a 6 meses de alquiler (6000€) cuya duración es la misma que el contrato.
Llegado el dédimo mes de contrato tengo problemas económicos y no puedo pagar.
Según tengo entendido, entonces el dueño puede ejecutar este aval y llevarse los 6000€.
Mi duda es si esto de verdad es así o existe alguna forma de que el propietario solamente pueda reclamar el mes de renta que no se ha pagado.
alquileres:
Eso que comenta es obviamente un consejo que muy acertadamente le da Vd. a los inquilinos.
La realidad es que todo arrendador que se precie va a exigir que sea no solo a 1º requerimiento, sino que además se renuncie a los beneficios de orden excusion y división e incluso cubra la posible táctita reconducción.....eso sí que asusta al ionquilino.....
Considero que un arrendador busca asegurar el cobro de las rentas y no creo que sea favorecer el mercado de alquiler, poner unas condiciones que desde mi punto de vista hasta podrian invalidar el aval, cuando lo que se garantiza son las rentas y si el contrato es inferior al importe del aval, que sucedera con el transcurso del tiempo, podria haber posibilidad de oposición. No obstante con las dificultadas que tienen los arrendatarios para conseguir el aval, cuanto mas exigente sea el aval, menos posibilidades tendra de conseguirlo.