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Alquiler casa con todo a tu nombre

3 Comentarios
 
01/05/2013 16:09
Gracias por responder.

Y si hay establecido por firma de ambas partes, el comodatorio y el comodante; un contrato de comodato precario donde aparecen como leyes las siguientes, de un modo resumido:

-Los comodantes ceden la casa a "fulanico", reservándose de forma expresa la facultad de pedir la restitución en cualquier momento(imagino que significara que nos pueden echar cuando quieran). A lo que añade, la comodatoria recibe la cosa para servirse y con cargo a restituirla cuando la reclame el comodante, no fijándose tiempo para restitución(vamos que nos echan cuando vean conveniente)

-Pactan ambas partes la gratuitidad del inmueble sin tener que abonar renta o merced(vamos un alquiler de toda la vida).

-Carácter Unilateral, las obligaciones a cargo de la comodataria, quien tiene obligación de devolver la cosa(el inmueble vamos, esto no añade mucho a lo de antes) prestada.

-La comodatoria es un mero tenedor, el comodante tiene todos los derechos que tenía pero no su ejercicio(vamos te la doy y hacer uso de ella, no añade mucho tampoco).

-Importante lo siguiente. Todos los gastos como agua, luz, electricidad, calefacción, comunidad,Recibo de Contribución(viene expresamente en el contrato), sostenimiento, portería,limpieza, desperfectos con todo lo anterior....además de roturas en tuberías y similares(me sorprende que también tengo que hacerme cargo de las reparaciones ocasionadas por el desgaste, esto es justo, si lo tenían ellos medio roto y yo del simple uso lo termino de romper "me trago los marrones"??). Si tenemos que hacer obras lo tenemos que comunicar y los beneficios serán para la vivienda.

-No podemos alquilarla a nadie ni venderla(lo lógico), daños ocasionados por terceros tenemos la obligación de comunicarlo y poco más que añadir.

Todo esto para comentarte principalmente lo del contrato, donde figura que si estamos obligados a pagar la contribución.

Por eso lo que más me interesaría saber sería si decido irme, lo comunicaría a los dueños pero seguiría estando OBLIGADO a pagar la comunidad, una vez estoy fuera de mi casa de alquiler.Que sucedería entonces??, realmente no pone que tenga que estar habitando la casa X tiempo, por eso te digo....mañana por ejemplo, decido irme y me llevo todos mis enseres, pertenencias y demás, pagando las últimas cuotas de todo(agua,luz....); que sucedería con el tema de la Contribución y la Comunidad....???Me podría despegar de todo sin tener ningún problema...no sé si me entiendes??
30/04/2013 23:59
lo normal es que los suministros estén a nombre del que vive de alquiler, la comunidad es un acuerdo, y la contribución no se puede poner a nombre de otro asi como asi, que la pagues tu es otro tema. Si rescindes tu contrato, tienes que quitar el nombre de los suministros, aunque cambies la dirección postal figura tu nombre y solo a ti te lo van a reclamar. Supongo que querras decir destinatario y no remitente.
30/04/2013 11:42
Otra cosa, como cambio el nombre que aparece en el remitente(no quiero que aparezca esta dirección).
Alquiler casa con todo a tu nombre
30/04/2013 11:39

Hola,

quería saber si es posible irse de una casa que otro pariente te ha alquilado, pero te ha alquilado poniendo todo(agua, luz, gas, comunidad....)a tu nombre.El propietario sigue siendo la otra persona pero te ha dejado todo a tu nombre.Me gustaría saber el artículo legal donde puedo corroborar si puedo o no irme de esta vivienda.Vamos, que si rompe el contrato con esta persona, que sucedería al no seguir pagando la comunidad(que sería un gasto obligatorio...) y otros gastos similares como la contribución.

El arrendatario no vive ni siquiera en nuestra ciudad, sino que vive en otra provincia.Se daría el caso de que tuviese que venir expresamente para llegar a un acuerdo o es posible romper el acuerdo por una sola parte??.