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alquiler a través de Airbnb.

1 Comentarios
 
12/07/2016 18:41
Grosso modo el argumento que tiene Ud. es alegar que no desarrolla una actividad hotelera.
Una cosa es alquilar una casa por días, y otra es que además ofrezca servicios junto con dicho alquiler, como por ejemplo, limpieza diaria de habitaciones, comida, actividades para los niños, etc.
Está clarísimo que las casas que se alquilan en Airbnb son, en principio, sólo casa. No hay servicios complementarios del tipo "hotelero". La señora que limpia la casa lo hace sólo después de que se haya ido el inquilino, no a diario. Por tanto su alegación es bien simple: el Ayuntamiento no prueba (porque además es que no puede probarlo) que allí se desarrolla una actividad hotelera, por tanto su alquiler no está regulada por esa Ordenanza municipal, y por tanto hay que archivar el expediente.
También le digo que el Ayuntamiento va a seguir adelante aunque sepa que no tiene razón, por una cuestión puramente recaudatoria.
Tenga en cuenta que detrás de todo esta persecución a páginas como Airbnb lo que hay es no tanto una actividad del lobby hotelero como una reacción de la Administración para no perder un montonazo de ingresos fiscales. Piense que un hotel devenga IVA. ¿Calcula Ud. a qué cantidad de dinero nos estamos refiriendo? Astronómica. En cambio un alquilar de vivienda está exento de IVA, y claro, ahí les duele (y no tanto por el tema del lobby).
En resumen: alegue lo que le he dicho que además es la pura verdad y si no le dan la razón recurrar que yo creo que lleva las de ganar. No puede darle un consejo más detallado ni más seguro porque aún no hay sentencias al respecto. Con el tiempo se irán produciendo esas sentencias y entonces sabremos mejor a qué atenernos.
Alquiler a través de airbnb.
12/07/2016 16:51
Buenas tardes,

Somos una inmobiliaria que alquilamos la casa a través de Airbnb, y pidieron los datos a la persona que estaba allí que se encarga de limpiar. Se ve que los inquilinos que ya se iban no dieron el número de la casa al taxi y el taxista preguntó en el ayto. (es un pueblo).

Le ha llegado a la persona que estaba allí una notificación acuerdo en el que pone trámite de vista y audiencia por parte del ayuntamiento, en el que se dice que el uso hotelero no está admitido por la ordenanza de aplicación, que han visto el anuncio en Airbnb y que se podrá establecer el cierre de la actividad, que tenemos 15 días para formular alegaciones y aportar documentos y justificaciones.

Dice expresamente "contra este acuerdo no podrá interponer recurso alguno por tratarse de un acto de trámite, sin perjuicio de que pueda alegar lo que estime oportuno".

No tenemos constancia de estar haciendo nada ilegal más allá del vacío que hay en cuanto a estos alquileres. Sí declaramos todos los ingresos.

¿Alguna idea de cómo actuar?