En su caso parece que lo único que se discute es si procede o no la aplicación del art 10 LAU 1994:
Artículo 10. Prórroga del contrato.
"Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.
Al contrato prorrogado, le seguirá siendo de aplicación el régimen legal y convencional al que estuviera sometido."
Como puede comprobar NINGUNA de las 2 partes está OBLIGADA a que entre el citado artículo. Por lo tanto, lo que el administrador le ha ofrecido es realizar un NUEVO CONTRATO(nueva rente, duración,..). Si usted NO lo acepta tendrá que dejar la vivienda en la fecha en que se cumplan los 5 años del contrato.
en uno de los anexo pone que si transcurridos los primeros 5 años la vivienda se enajenara a tercera persona el contrato quedaria extingido , no es el caso,en la carta me dice qu me ponga en contacto con el despacho para tratar la renovacion del mismo y que en caso de no interesarme dejarlo libre y vacua para disposicion de la propiedad .yo creo que para no renovarme ha de tener una necesidad de esta vivienda para el o para un familiar y no es el caso ya que es el propiertario de mucho edificios que tiene en alquiler .
yo tengo entendido que tengo derecho a prorrogas hasta un maximo de 3 años y que el nuevo contrato le segira siendo de aplicacion el regimen legal y convencional al que estubiese sometido , a mi en la
carta me dice que quiere renovarmelo, no que me vaya
Hola crisyo. Para poder responder a sus preguntas habría que examinar tanto el contrato como la carta que ha recibido de su administrador, pues sin esa información ÚNICAMENTE podría ofrecerla una respuesta ORIENTATIVA. Por ello le acoonsejo que acuda con la documentación reseñada a un/a profesional de la abogacía(bastará con una sóla consulta).
soy inquilina en un piso de alquiler , tengo contrato de 5 años y en julio finaliza ,el administrador me ha enviado una carta preguntandome si quiero renovar el contrato, mi pregunta es , cuanto me puede subir de alquiler ,cuanto he de pagar de fianza , puede hacer contrato nuevo o por ser inquilina de mas de 5 años no puede subirme lo que quiera, gracias