Buenas tardes,vivo en un edificio en el que sólo somos 18 vecinos.En la planta baja hay un piso que se hizo para que lo usará un portero pero hace muchos años que se jubiló y está de trastero.
Como somos muy pocos estamos teniendo problemas económicos para mantener y rehabilitar el edificio y hemos pensado en alquilarlo pero el administrador nos dice que eso no es posible y quisiera saber porqué ya que estoy leyendo y en ningún sitio me dice eso, solamente a la hora de venderlo si que habría que modificar escrituras pero para alquilarlo creo que no.
Agradecería su ayuda.
Gracias
Puede que lo diga para quitarse trabajo de encima. Supongo que ese piso está reconocido como tal (cédula de habitabilidad, etc.).
Importante: El alquiler probablemente obligue a todos los copropietarios a declarar por IRPF. Puede ser algo relevante si actualmente hay alguno que está exento de declarar.
Para que os den la célula de habitabilidad tiene que cumplir una condiciones mínima de m2, ventilación etc que varían según el municipio, que en el pasado se haya usado como vivienda no quita para que ahora puedan denegarosla.
Dónde está situada la vivienda?
Habrá que estar a la Ley del suelo estatal y a la autonómica. Dependiendo de dónde esté los requisitos para legalizar la vivienda cambian. En Madrid, por ejemplo, ya no es necesaria la cédula de habitabilidad.
Si la vivienda no está legalizada, legalmente no se puede alquilar.
Buenas días,la vivienda está en Majadahonda (Madrid).
Y que hay que hacer para legalizarla?
Es un piso con todo lo necesario para ser habitado del que somos propietarios todos los vecinos del edificio en un porcentaje.