Reformé un piso de 160 m penando en mis dos hijos, diseñando dos apartamento independientes desde la entrada con cocina, salon, cuarto de baño y dos habitaciones. Tienen contadores de gas y luz individuales. Comparten telefonillo y buzón. Quisiera alquilar cada parte de forma independiente. Legalmente es una única propiedad, no segregada. ¿Se puede arrendar por mitades individuales? ¿bajo qué tipo de contrato?
El concepto de alquiler se extiende a cualquier edificación cuyo uso se vaya a dedicar al residencial del inquilino, por lo que no hay restricción a alquilar una parte de un inmueble. El régimen dependería del destino del mismo, si es primordialmente para vivienda o en cambio para otros usos distintos.
Un saludo