En principio y en teoria, como arrendataria, usted tiene derecho a continuar en el uso de la vivienda, mientras esté vigente el arrendamiento, aunque la vivienda arrendada cambie de dueño. Sería necesario que usted pagase la renta a quien en su momento fuese el propietario.
No puede hablarse de peligro si el contrato está bien hecho, y se cumplen las obligaciones puntualmente.
Ahora bien, si habrá molestias, pues un arrendamiento siempre es una carga, de la que el nuevo propietario intentaría librarse, buscando errores en el contrato o incumplimientos nimios.
Si la renta no es lo suficientemente barata , como para que compense las molestias que sin duda tendrá, no es aconsejable alquilar un piso en esas condiciones.