No sería un engaño pero sería ilegal, según expresa el art. 8 LAU a cuyo tenor:
" Artículo 8 Cesión del contrato y subarriendo.
1. El contrato no se podrá ceder por el arrendatario sin el consentimiento escrito del arrendador. En caso de cesión, el cesionario se subrogará en la posición del cedente frente al arrendador"
Es decir que no puede ud ocupar un piso alquilado por su padre.
La única solución que veo es que su padre lo avale.
Tengo ingresos fijos pero los obtengo de distintas fuentes, las cuales son clientes a los que les doy clases de informática (por las mañanas) y a otros clases personales (deporte). No me sale a cuenta facturar todavía, ni pagar autónomos, etc... pero sí tengo ingresos cada mes.
La cuestión es que me gustaría alquilar un piso y como es la primera vez no sé qué requisitos van a pedirme. En caso de pedirme nómina no se la podré mostrar, ni tampoco nada que demuestre lo que cobro porque no lo facturo.
Mi padre me ha dicho que me avala sin problemas (tiene un buen sueldo), pero no sé cómo funciona todo esto.
¿Sería un engaño si el contrato lo hace mi padre y me meto yo a vivir en el piso que alquile en vez de él? ¿se incumple algún punto que suela contemplarse en este tipo de contratos?