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Alquilar piso y venta

1 Comentarios
 
perfil Jan
10/05/2013 11:33
Hola Ruth.
La venta de la vivienda no extingue el contrato de arrendamiento y los arrendatarios tendrá derecho de tanteo o retracto sobre la misma.

le sugiero la lectura de los artículos 25 y 14, por este orden, de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.

Reciba un cordial saludo.

http://letradosalquileres.es.tl


Alquilar piso y venta
09/05/2013 16:58
Buenas tardes,
Tengo varias consultas. He alquilado mi piso, pero dentro de un tiempo me gustaría venderlo. Sé que el primer año es de obligado cumplimiento, y que primeramente debo darle la opción de la compra al inquilino, pero y después?. He leído que tiene que ser un mínimo de 5 años?, si encontrase comprador por ejemplo, dentro de dos años que debería hacer y con cuanto tiempo debo avisar al inquilino en caso de venderlo? Podría enseñar el piso? Imagino que debería incluir todo esto como una cláusula del contrato.
Muchas gracias