Un familiar me alquila un piso y no me cobra fianza, en el contrato como debe figurar, al no haber fianza me puedo deducir en la declaracion el alquiler
quedo penediente de una respuesta, dandoles las gracias
El tema es delicado , la fianza actualmente tiene una función fiscalizadora, de tal forma que el arrendador , tiene un plazo de 30 días para depositarla en el organismo pertinente , en Madrid el IVIMA . A partir de ahí , el arrendamiento ya está controlado. Quien cobra y quien paga .
Si usted se deduce, los gastos de vivienda habitual , y el arrendador no declara las rentas percibidas , tarde o temprano el arrendador deberá rendir cuentas .
Gracias por las respuestas,
este familiar segun hemos hablado me dice que si yo me deduzco el alquiler en la renta el lo declararia, de todas formas seria un problema de el y no mio si no lo declara.
Yo no quiero tener problemas con hacienda si me deduzco el alquiler en la renta y al no haber fianza y no tener como es logico el documento de la misma me pongan pegas con la deduccion aunque en el contrato no figure.
Me gustaria si alguien del foro esta en esta situacionme diga que es lo que esta haciendo.
gracias
habiendo consultado en el IVIMA, me indican que si no se deposita fianza no se puede deducir en la declaracion de la renta que es obligatorio el deposito de la fianza.
tambien consulte en una gestoria me indican lo mismo que al efectuar un contrato de alquiler es obligatorio poner la fianza y depositarla en el IVIMA, eso si se quieren hacer la cosas legales, ya que con el fin de evitar problemas posteriores, sobre todo con hacienda ya que no admiten una deducion del alquiler sin el justificante del deposito.
Hola ferlros15. Le pido disculpas por el error cometido en mi primera intervención, ya que respondí a su consulta sin preguntarle en qué ciudad estaba sita la vivienda, siendo la respuesta que ofrecí válida para casi todo el territorio nacional, pero no para su caso concreto.
Si la Vivienda objeto de arrendamiento está sita en las Comunidades Autónomas de Madrid, Andalucía, Baleares, Galicia y Valencia,se exige a los arrendadores el depósito de la fianza abonada por los arrendatarios en el organismo competente, para que el arrendatario pueda beneficiarse de las deducciones fiscales para los alquileres.