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Alquilar cuarto de la Comunidad

11 Comentarios
 
Alquilar cuarto de la comunidad
27/09/2011 20:49
En mi comunidad de vecinos quieren alquilar un cuarto que antes estaba ocupado con el motor del ascensor. Desde que quedó vacío un vecino quiere alquilarlo para trastero, yo no tengo ningún inconveniente en alquilar ese cuarto, pero quiero que individualicen la luz con un contador, cosa que no quieren porque dicen que le sale muy caro y quieren que siga con la luz de la comunidad y pague su parte, pero qué parte va a pagar si no hay contador, lo que pretenden sus “amigos”, los que le apoyan, es que la comunidad pague la luz del cuarto.

Si no estoy equivocada la Ley dice que para vender algo de la comunidad se necesita mayoría absoluta, y para alquilar algo con mayoría es suficiente, pero mis preguntas son las siguientes:

¿Qué mayoría se necesitaría para alquilar un cuarto sin individualizar la luz?

¿Tiene que figurar en el orden del día el alquiler del cuarto?

Espero vuestras respuestas. Gracias.

LFCM.

27/09/2011 20:57
En el orden del día necesariamente tiene que figurar el alquiler y en acta debe constar por cuanto se le alquila (€€€) y dónde va a parar ese dinero y demostrarlo mensualmente.
Un contador de luz supletorio puede ser una solución, caso de no querer... opongase o denuncie en Juzgado.
Suerte.
29/09/2011 10:00
Gracias camarlengo por tu contestación, yo ya me he opuesto de palabra y por escrito presentado al presidente que no lo quiso firmar en el momento porque primero lo tenia que leer y después siguió el consejo del "Administrador" que han contratado unos cuentos para que defiendas sus trapicheos y se quedó con el escrito, no lo firmó y no lo devolvió y me dice que le ha dicho el " Administrador" que lo envíe por burofax, atajo de delincuentes.

No me dices que al ir la luz incorporado qué mayoría seria necesaria.

Lo de ir al Juzgado está bien pero no os parece que genera muchos gastos para cosas que deberían hacerse de otra manera más cómoda y menos costosa, de esto se valen los sinvergüenzas que lideran las comunidades asesorados por el “Administrador”. Tendríamos que recoger firmar, para que cosas tan sencillas como estas no tuvieran que pasar por el juzgado, y pedir cambiar la ley que da todo el poder a los estafadores y les deja campar a sus anchas, porque tal y como están las cosas la claridad y la trasparencia brillan por su ausencia. Hay muchos vecinos que no se atreven a enfrentarse a estos comisionistas que no sé donde radica el miedo, porque si ellos no estuvieran callados los sinverg……. No podrían hacer nada, porque son unos cobardes.

Yo creo que se podria ir pensando en habilitar una formula para recoger firmas y poner límite a este despropósito que hay instalado y que tan bien va a determinados vecinos.

Gracias por leerlo.
CMLF




29/09/2011 17:28
Vaya o no vaya luz incorporada se necesita unanimidad.
Yo veo un peligro alquilarlo sin su contador, nunca puede saber que van a poner, y una vez dada la autorización, no se puede retractar.
Dado la forma que le han tratado, yo me opondría exponiendo dichas causas.
29/09/2011 19:21
Cuando se presentan estos casos tan complejos. Los vecinos están desorientados. Yo suelo proponer en junta la autorización para contratar un abogado, solo para esta cuestión. Estos tipos de acuerdos necesitan de mayoría cualificada.Entran contratos de alquiler por medio. IVA de alquiler que se puede deducir a la comunidad. Es mejor guiase por un letrado. Y que se encargue él de asesorar en junta vecinal (a todos los vecinos). Desde luego el enganche de luz suprimirlo y que el vecino alquilado se de alta en el suministro.
29/09/2011 20:11
Jalisco, todo lo que me dices he dicho de palabra y por escrito, pero el Presidente se quedó con ello y no lo firmó.

Pasacero, el abogado lo trajeron ellos ya estaba hecho el contrato, contrato que que yo hice todo tipo de alegaciones, pusieron hasta el precio.

Yo he estado leyendo un libro de un abogado que comenta la ley de propiedad horizontal y sobre este tema dice que para vender una propiedad de la comunidad tiene que haber UNANIMIDAD y para alquilarlo mayoría, pero el caso que nos ocupa es distinto es alquiler con luz que es de toda la comunidad yo pienso que tendrá que ser por UNANIMIDAD, no pueden obligar a nadie a pagar la luz de un señor que al final no iba a pagar nada y eso lo tengo seguro, porque no hay contador cómo lo van a medir. Y mucho me temo que tiren para adelante y hacer lo que quieren dándoles igual lo que piense el resto y como están acostumbrado a decir que quien quiera algo que vaya a los tribunales zanjan la cuestion.

Gracias a todos por contestar.
CMLF
29/09/2011 22:49
Yo sigo pensando que si se alquila con el contador, debe de existir unanimidad, otra cosa sería sin el contador.
30/09/2011 13:01
cmlf: he encontrado esto:en el artículo 17 punto 1º en el párrafo 2º explica que con las 3/5 partes es suficiente, pero al final existe una coletilla. "así como el consentimiento del propietario directamente afectado, si lo hubiere.
Tu puedes indicar que te sientes directamente afectado pues deberás a contribuir al consumo de la energía eléctrica que dicho arrendamiento consuma.
30/09/2011 15:33
Alquilar con el pago de suministros es bastante habitual, este sería el caso, se paga algo más que cubra eso y ya está.

Jalisco, "directamente afectado no es eso" , aparte de que le tocaría impugnar, con el coste que tiene eso.
03/10/2011 20:33
Lexdura, que alquilar con el pago de suministro es bastante habitual, no quiere decir que sea legal, yo no tengo porqué pagar luz que gasta un señor y que no sé que es lo que va a poner allí. No me pueden obligar.

No figura en el orden del día.
Pone él el precio.
hay que pagarle la luz............etc.etc......
Que indefensión es esta, hay que ir a los tribunales, pero si las leyes están hechas para esta gente que están todo el día moviendose en el mundo del hampa.


Gracias a todos
CMLF
05/10/2011 19:01
Para cmlf:

Otro aspecto a tener en cuenta, es el "cambio de uso" que se le va a dar al local.

Para alquilar, solo se necesita mayoría, pero para cambio de uso de sala de motores ascensor a trastero, si es necesaria la unanimidad.
06/10/2011 10:22
El arrendamiento de elementos comunes requiere el acuerdo por las 3/5 partes de votos y cuotas de participación del total de la comunidad salvo que suponga una modificación de elementos comunes, en cuyo caso requerirá unanimidad (enlaces: http://garciacollado.blogspot.com/2011/09/alquiler-de-la-azotea-de-la-comunidad.html y http://garciacollado.blogspot.com/2010/12/el-arrendamiento-de-elementos-comunes.html) o el elemento común que se va a arrendar tenga asignado un uso específico, que también requiere unanimidad (enlace: http://garciacollado.blogspot.com/2010/12/el-arrendamiento-de-elementos-comunes_19.html).