La cosa no está clara, parece ser que hay distintas opiniones jurídicas en las que se valoran distintos factores como la altura de la valla, la dificultad para saltarla, el grado de aislamiento...
En una vivienda unifamiliar con jardín por sus cuatro costado y vallado de solar, si alquien salta el vallado del jardin y se pasea por el mismo, ¿se trata de un allanamiento de morada?.