Si te allanas, habrá un título ejecutivo por valor de 10.000 y a mi juicio no cabría en la ejecución discutir una compensación por una deuda ajena al proceso...aunque lo he visto.
Pero no explicas si es un ordinario, un monitorio, un cambiario.....
Tengo un caso en el que un demandante reclama a mi cliente una cantidad de dinero (10000€) y vamos a allanarnos. Lo que sucede es que a su vez quien reclama debe a mi cliente dinero (4000 €), por lo que quería solicitar que ambas deudas se compensaran.
Había pensado en solicitar allanamiento parcial sobre la diferencia entre uno y otro, es decir, 6000€ o bien simplemente allanarme y en ejecución de sentencia solicitar la compensación. No se si estas alternativas son viables en este cas. Me gustaría que alguien pudiera ayudarme.