Me gustaría saber si puedo allanarme antes de contestar a la demanda en un juicio ordinario sin necesidad de coger abogado y procurador. Considero que es un gasto inútil si mi intención es allanarme, no necesito pleitear.
En tal caso. Es necesario hacerlo por escrito? Puede ser verbalmente ante el juez?
Según normativa la postulación mediante abogado y procurador es imprescindible para allanarse en un Juicio Ordinario ahora bien, al menos en Asturias algunos juzgados la admiten sin ellos. Se presenta por escrito y ten en cuenta que si no te la admiten (muy posible) no hay base legal para alegar absolutamente nada.
Ten en cuenta también que si existió requerimiento previo o intento de conciliación tendrás que hacerte cargo de las costas igualmente, aunque se admita el allanamiento.