Una vez dictada sentencia imponiendo el deber de abonar los alimentos correspondientes, estos serán debidos desde la fecha de la demanda, y no desde la fecha de la sentencia.
Una vez agotados los recursos y no quedando más que abonar dichos alimentos, ¿como abonar éstos si la situación económica del deudor es muy precaria y se suman muchos meses de impago?
Es decir, ¿es posible solicitar al juzgado la posibilidad de pagar estos alimentos de forma fraccionada?.