En una separacion contenciosa , si el juez no dictamina alimentos para los hijos mayores de edad aun estudiando,¿tienen que solicitarlos ellos judicialmente al padre?
gracias
Si no ha dictaminado alimentos para los hijos mayores de edad que aún estén estudiando, es porque no se habrá pedido, o bien, porque no reunen los requisitos para que el Juez les otorgue esa derecho.
Por ello, no entiendo qué quieres decir cuando preguntas si son ellos los que tienen que solicitarlo judicialmente al padre. Un saludo.
Elvira, tu pregunta ha de ser respondida de forma y manera afirmativa.
Una cosa son los alimentos que en favor de los hijos mayores de edad se pueden adoptar en un proceso matrimonial a instancia de los propios padres (Art. 93.2 CC) y, otra muy diferente, es la reclamación de alimentos que, en todo caso, los hijos mayores de edad pudieran reclamar directamente a sus padres en proceso independiente (Arts. 142 y ss CC).