Unos cónyuges se divorciaron y se atribuyó la custodia a uno de ellos. Entre ambos cónyuges existió siempre muy mala relación.
El progenitor custodio se fue a vivir con sus hijos a casa de sus padres por lo que los hijos estaban conviviendo con su progenitor y sus abuelos.
El progenitor custodio falleció y, ante la mala relación familiar existente, el otro progenitor deja que durante unos días los hijos sigan viviendo en el mismo domicilio con los abuelos para evitar demasiado shock a los hijos con demasiados cambios, con intención de llevárselos consigo después.
No obstante, los abuelos, a los pocos días, reclaman pensión de alimentos al otro progenitor.
¿Qué se puede hacer ahora? ¿En qué sentido se contesta la demanda? ¿Se puede reclamar la custodia en este procedimiento o hay que iniciar otro? ¿Debería negarse a prestar la pensión y reclamar la custodia en otro procedimiento? Gracias