Yo creo que debes ser tú ya que son dependientes economicamente. Mientras que sigan así bajo tu responsabilidad y tu debas darles todo lo que precisan deber ser tú quien pida en el juzgado para ellas.
Pero vamos que en cuanto promuevas la modificación el abogado te dirá todo, y es que esta si que debes promoverla cuanto antes, si no tu ex te exigira las pensiones aunque ya esten las hijas contigo.
En caso de hija mayor de edad pero, todavía en periodo de estudios.
Hasta ahora ha vivido bajo el amparo de sus padres; desde que se produjo la separación matrimonial, ha pasado de vivir con su padre a convivir con su madre.
Su madre ¿ puede formular demanda para obtener la modificación de las medidas acordadas en convenio regulador y aprobadas por sentencia firme de separación, alegando alteración de circunstancias?.
Por ello reclama la imposición de la obligación contributiva al sostenimiento de estas hijas a cargo del marido demandado o deben hacerlo ellas?