Mi duda consiste en lo siguiente: en un procedimiento de alimentos de una pareja de hecho, siendo la actora la madre de la menor, afirma en un principio que trabaja para una empresa cobrando X al mes, sin embargo a 4 días de la vista, la empresa para la que estaba contratada emite un escrito al Juzgado informando de que ya no trabaja para su empresa. Sin embargo según mi cliente ella sigue trabajando en el mismo centro de trabajo pero contratada por otra empresa. El caso es que en vista de que en principio no se pueden solicitar diligencias finales en un verbal y que en la prática no suelen admitir la prueba en base al 770 LEC ya que se disponde de un breve plazo de 30 días, he solicitado la suspensión de la vista solicitando oficios a TGSS y a la posible empresa para la que trabaja actualemente para determinar los ingresos que obtiene la actora. Creeis que prosperará esta suspensión? Que podría hacer en caso de que no la concedan? Muchas gracias de antemano.
No te olvides que los alimentos es materia de orden público, y afectan a los menores. Estás facultado para solicitarlas en el acto de la vista en cualquier caso, al amparo del 770.4ª L.E.C., si te las deniegan, protestas y las reproduces en 2ª instancia. Si no te suspenden, las reiteras el día de la vista. Lee bien el 770 y la jurisprudencia aplicable. Un saludo.