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Alimentos-cambio de custodia

10 Comentarios
 
22/06/2011 20:33
Si por ella no hay pegas, firmais un convenio regulador que recoja claramente lo que estás diciendo aquí, lo ratificais en el juzgado y a esperar la sentencia.
22/06/2011 18:53
Gracias Alcanta. Efectivamente el convenio se estableció el mismo importe x2 como dices. Lo cierto es que el que se viene a vivir conmigo empieza la universidad y el otro es cinco años más pequeño...excuso decir que los gastos del "mio" multiplican los del que se queda con mi exmujer... Pero mi intención es asumir yo todo lo del mayor, a cambio de que ella asuma todo lo del pequeño (aunque sea mucho menos), para no tener que andar con cuentas para aca y para allá... Supongo que si por ella no hay pegas tampoco las habrá para "pasarlo" por el Juzgado. Gracias de nuevo
22/06/2011 11:25
Breogan,

Piensa que el dinero que pasas a tu mujer no es para ella, es para que pueda mantener a los niños. Cuando calculásteis el importe económico de estos alimentos, cómo lo hicísteis? Si tú pagas el mismo importe x 2, entonces es justo que al hacerte cargo de uno, dejes de pagar importe alguno, ya que ambos asumiríais cargas por parecido importe. Esto, según el convenio que firmásteis.
Ahora, si según vuestros cálculos la manutención del hijo que se queda con ella incurre gastos mayores que el hijo que se queda contigo, puedes plantearte seguir pasando una cantidad menor de dinero para compensar esta diferencia en el importe de los gastos.
En cualquier caso, te recomiento también (yo soy abogado de familia) que lo plasméis en un convenio de modificación de medidas de mutuo acuerdo. Planteándolo bien el Fiscal no va a poner ningún problema.

21/06/2011 11:26
Pues sí Karmen, parece mentira que tengas que decirmelo... al final nos contagian nuestros clientes y acabamos haciendo nuestras cosas tan mal como ellos... Gracias de nuevo.
21/06/2011 11:14
Yo creo que llegar a un acuerdo entre los dos progenitores es lo mejor y lo perfecto. Pero, también te puedo decir que creo que es mejor que hagais una modificación de medidas, puesto que vete a saber si a la larga tu exmujer te denúncia por no cumplir con el pago de las pensiones. Siempre va a preevalecer lo que diga un documento y no lo que habeis acordado vosotros dos. Yo firmé el convenio de divorcio de mútuo acuerdo y el padre de mis hijos se ha largado del país y ha pasado de todas las obligaciones hacia los niños. O sea que vete al loro, yo al menos no me fiaria.
21/06/2011 11:14
Gracias de nuevo José Ramón: te adelantaste a mi matización. Tu criterio busca el equilibrio real, y probablemente es lo más justo, aunque es difícil ponderar ingresos y gastos; por un lado porque vivo en una gran ciudad y mi ex-mujer en una pequeña, con el consiguiente desequilibrio en el nivel de vida (a cambio yo gano más); y por otro lado porque como bien apuntas el "mío" con dieciocho años y la universidad por delante va a ser evidentemente más "caro" de mantener que el "suyo" de doce añitos y todavía preadolescente... Quiero decir que es difícil hacer matemáticas con estos parámetros; pero bien, vuestros puntos de vista me iluminan en cualquier caso.
21/06/2011 11:07
Gracias José Ramón, Karmen, de acuerdo con lo que me decís. Tengo muy claro que no va a ser un juez el que decida, porque antes me abro las venas que ir a un juzgado con esto (aunque no de familia, pero soy abogado...). Sin embargo entre vuestras dos respuestas, que parecen iguales, está el matiz que me agobia: José Ramón habla de reducción ("cantidad a dejar de pasar") y Karmen parece compartir mi punto de vista: se acaban las pensiones y cada cual alimenta al "suyo" (mala expresión pero nos entendemos). Insisto: no voy a ir al juzgado a que decida, sino que nos vamos a poner de acuerdo, pero quiero saber si mi planteamiento os parece justo. Ya se que aqui se habla de derecho, no de justicia (licencia)...
21/06/2011 11:06
karmen2, creo que si debe o no pasarse cantidad alguna por alimentos dependerá del gasto de cada hijo (si se mantiene o no la evaluación de la primitiva sentencia o se evalúa de nuevo) y de los ingresos de cada padre (si aumentaron o disminuyeron en cada caso respecto a los de la primera sentencia)... En definitiva, existe un cambio de circunstancias, un hijo mayor de edad o con edad de emanciparse, cambia de domicilio y de progenitor que lo alimenta, por tanto, de mutuo acuerdo o por contencioso, creo que procede una modificación.
21/06/2011 11:00
Creo que lo que dice José Ramon es lo correcto. Modificación de medidas y si cada hijo va a vivir con uno de los progenitores, cada cual alimente al niño sin tener que pasar las pensiones a la madre.
21/06/2011 10:57
Si su hijo mayor va a vivir con Vd. y Vd. lo va a alimentar, en amplio sentido, es lógico que solicite una modificación de medias sobre alimentos para disminuir la cuantía de alimentos que aporta a su ex. Si no llegan a un acuerdo que ratificar ante el juez deberá ser éste, el juez, quien decida la cantidad a dejar de pasar.
En principio, hasta que no haya resolución judicial, si dejara de ingresar el importe total de alimentos, sería reclamable judicialmente.
Alimentos-cambio de custodia
21/06/2011 10:51
Buenos días compañeros. Soy nuevo en el foro y ante todo mis saludos y agradecimiento por adelantado. No soy abogado de familia, y me encuentro ante una encrucijada personal, que he tratado de solucionar con el consejo de personas cercanas (algunas abogados) sin éxito, creo que porque hay demasiada subjetividad en sus consejos. El caso es que estoy divorciado con dos hijos; viven con su madre y estamos en distintas ciudades. Paso la correspondiente pensión de alimentos para los dos desde hace diez años; nunca hubo pensión compensatoria porque la madre no la pidió. Tanto la madre como yo trabajamos, nos hemos vuelto a casar y tenemos nuestras vidas completamente independientes y organizadas, felizmente para ambos. Mi hijo mayor empieza la universidad y quiere venirse a vivir conmigo para estudiar donde yo vivo. A la hora de plantearle a mi exmujer la nueva situación económica las matemáticas me dicen una cosa, pero algo en mi conciencia me “rasca” un poco. Las matemáticas me dicen: si tenemos dos hijos, uno para cada uno, no tenemos nada que darnos uno a otro; en todo caso lo que yo le tuviese que dar a ella por el que se queda, me lo tendrá que dar ella a mi por el que se viene. Mi conciencia (a lo mejor es una tontería) me dice: ¿cómo vas a dejar de repente de mandarle dinero a ella (al fin y al cabo la pensión se la pago a ella, no a los niños…)? ¿Cómo lo véis? Aparte por supuesto de gastos extraordinarios, que siempre hemos consensuado sin problemas. Gracias de nuevo, y perdonad que tal vez la cuestión es más visceral que jurídica.