Buenas tardes.
Mi ex y yo no llegamos a un acuerdo, y el juez lo hizo por nosotros.
Compartida y yo le pago X al mes, dentro de ese X incluye extraescolares, comedor y otros gastos que pueda generar los niños( dictaminado así por un juez). Mis hijos estaban apuntados a dos extraescolares cada uno el año pasado. Este año uno de ellos quiere otras diferentes, y mi ex se acoje a eso a que no son las mismas para que si quiero que haga alguna la pague yo.... El otro niño va a las de siempre sin problema alguno. Y claro a mí no me da para apuntarle a nada...y para eso pago mi pensión religiosamente... No quiero meterme en más juicios. ¿Que puedo hacer ?
Las extraescolares no son gastos extraordinarios, por tanto tu no estas obligado a pagarlas. Pero si la madre tampoco quiere apuntarle a extraescolares, no veo que tu puedas obligarla. Quiero decir, si las cosas siguen igual que en el momento del divorcio y el niño iba, por ejemplo, a ingles y futbol, si sigue yendo debera pagarlo la madre. Pero si el niño este año quiere ir a pintura y baloncesto, por ejemplo, y la madre no quiere a menos que lo pagues tu... mal veo el tema. El niño se queda sin extraescolares (que no es obligatorio que los niños hagan extraescolares). Y me temo que el cambio no sea tan sustancial para que justifique una modificacion de medidas
Si es que está sin extraescolares.. y el juez dijo que con eso pagaba las 4 extraescolares y los dos comedores, y si ella no cumple con lo que dictamina el juez por que tengo que pagarla yo una pensión si tiene al niño sin atender como quien dice . Por que la alimenticia que me metieron es compensatoria para cubrir esos gastos unicamente. Tengo un lío...
Si el importe de la nueva extraescolar no es sensiblemente mayor lo lógico sería que hiciera la nueva en su lugar, y se siguiera haciendo. Si no, el que decida que la haga si el otro no quiere podría pagar el exceso. Pero vamos, es una opinión de lo que considero "justo" como acuerdo voluntario; si no hay acuerdo posible lo suyo sería llevarlo a jurisdicción voluntaria y tener la seguridad de que decida el juez. Si no se acordara que se incluye esa extraordinaria en la pensión, en sustitución de la anterior, se podría solicitar una reducción de la pensión en modificación de medidas, al estar pagándose una actividad que ya no se está haciendo, como cuando se acordó, lo cual sería modificación suficiente para plantearla.