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algunas dudas

2 Comentarios
 
Algunas dudas
15/07/2004 13:02
Buenos días a todos, estoy separado hace aproximadamente tres años; pago religiosamente la pensión de alimentos de mis dos hijas y los gastos extraordinarios a medias (esto lo digo para que os hagais a la idea de que cumplo en mi función de padre, no lo digo por nada más); el piso, que es propiedad de mi ex mujer y mío, lo utilizan mis hijas y mi "ex" (además de la nueva pareja de mi "ex"); en la sentencia de separación dice que lo utilizarán las niñas y la madre al ser el progenitor custodio, pero no dice durante que período de tiempo ¿alguien me podría informar hasta cuando es esa medida? ¿cómo lo tendré que hacer para poder recuperar mi parte del piso? Mi intención es que esa mitad del piso sea para mis hijas, pero lo que no quiero es que ella (mi "ex") pueda seguir disfrutándolo; ¿se podría vender y darle mi mitad a mis hijas? ¿podría obligar a mi ex a vender? ¿podría obligarla a que me pagase un alquiler por mi parte?
Por otra parte los recibos del IBI figuraban a mi nombre y luego especificaban "más uno" , o sea, mi ex; el otro día, con motivo de efectuar la declaración de patrimonio fui al Ayuntamiento para buscar un certificado de que el recibo del 2003 estaba pagado al objeto de saber el valor catastral de la vivienda; vi que mi ex había cambiado el titular del recibo, figurando ella primero y luego figuaraba "más uno", o sea, yo; ella pagaba los recibos del IBI tal y como figura en la sentencia de la separación; ¿hay algún problema para recuperar el piso cuando me toque si ella paga los recibos? A mi me da lo mismo si no figuro nominalmente en los recibos, pero ¿la maniobra que ha hecho al cambiar el titular, me perjudica en algo?; muchas gracias por la información que pueda recibir.-
15/07/2004 16:22
Realmente lo que importa es la inscripción en el Registro de la Propiedad; uno es propietario de lo que tiene inscrito a su nombre.
Hasta cuando podrá disfrutar tu ex de vuestro piso dependerá de la edad a la que tus hijas sean económicamente independiente, a partir de ahí, según mi opinión, podrías instar a la adjudicación de piso para uno de vosotros o para un tercero.
Si tu deseo es que tus hijas sean propietarias de tu 50%, puedes en ese momento venderle un 25% a cada uno de ellas o, si no lo has hecho hacer testamento y legarselo.
Tal vez el cambio del orden del titular en el recibo sea a efectos de facilitarse algún trámite administrativo o si lo paga ella no ver tu nombre en él.
16/07/2004 12:12
Zoraida, muchas gracias por la respuesta; haré testamento, aunque creo que por la legislación balear, no es necesario ya que mis bienes, si no voy equivocado, van directamente a mis hijas; lo que quiero es buscar la formula de que mi ex mujer no se beneficie de mi parte del piso cuando las niñas ya sean independientes económicamente.-
Lo dicho, muchas gracias por la respuesta.- Un saludo.-