Hola,
Os agradecería si alguno puede ayudarme, he recibido hoy una notificacion del juzgado que no entiendo.
Como breve introducción, decir que hace unas semanas interpuse una denuncia sucinta de juicio verbal reclamando casi 700 euros a mi casero, que se nego a devolverme la fianza alegando razones con las que no estoy en absoluto de acuerdo (como que faltan tenedores, despues de revisar el inventario en mi presencia, o que hay trapos inservibles).
El caso es que entregue los originales de los documentos que tenia (contrato, acuerdo de rescision de contrato, inventario, recibos, etc) en el juzgado de primera instancia de la ciudad X, que es la localidad donde esta el inmueble. Yo vivo y trabajo en la ciudad Y, que esta muy lejos de X, aunque ambas en España.
Finalmente hoy recibo lo siguiente:
Diligencia de ordenacion:
(datos personales y fecha)
El anterior escrito de demanda de juicio verbal con su documentacion, presentado por xxxxx (mi), apreciandose la existencia de/l defecto/s formal/es consistente en que se ratifique en la demanda y aporte copia de traslado, acuerdo:
1- Incoar la presente causa previa asignacion de número de registro
2- Requerir al actor para que en el plazo de diez dias proceda a su subsanacion, bajo apercibimiento de archivo de las actuaciones de no subsanarlo dentro de dicho plazo.
Modo de impugnacion: recurso de reposicion en el plazo de cinco dias, desde su notificacion, ante el secretario que la dicta.
Yo diría que me he equivocado en las formas al presentar la demanda. Pero no entiendo mas, parece que el "defecto" consiste en que "me ratifique" en la demanda y aporte copia de traslado.
Tengo que ratificarme de que quiero que la denuncia siga adelante? como lo hago? se refiere a eso con lo de defecto? Yo no he solicitado ningun traslado de nada, a que se refiere esa parte?
Como es un recurso de imposicion?? como debo hacerlo llegar al juzgado? El mayor problema es que vivo lejos. Entre burofaxes, viajes y molestias varias estoy a punto de tirar la toalla.
Yo pongo esta denuncia por mi, porque 700 euros son dinero, pero si solo fuera eso no la pondria, porque se que al final, si gano el posible juicio los 700 euros no me van a compensar este problema por el que estoy pasando. Lo hago porque me consta que ese casero vive casi tanto de los alquileres que tiene como de las fianzas que no devuelve. He encontrado en internet otras sentencias contra el. Si nadie le denuncia por que solo son 700 euros, ese tio se reira de mi y de todos los que lleguen detras. Quiero darle una leccion, aunque se que al no ser castigado (si pierde solo me pagara lo que me debe) a este hombre le sigue saliendo rentable estorsionar.
He llamado al juzgado donde puse la denuncia, pero me ha atendido alguien que parecia entender el escrito menos que yo. Me dijo: no lo entiendes? pues... leelo. Cuando le dije que lo habia leido varias veces, me dijo que tenia que ir al juzgado. Cuando le dije que vivo lejos y que no puedo ir a poner la denuncia y luego a dar fe de que la puse con toda la intencion, me dijo que se pondrian en contacto conmigo del juzgado de la ciudad donde vivo. No me ha dejado nada tranquilo, por eso me dirijo a vosotros, por si me podeis dar algun consejo. Y de paso me gustaria saber por que es necesario escribir notificaciones con un lenguaje tan oscuro. He buscado Incoar en el diccionario, y existen sinonimos que cualquiera entenderia. Es bastante doloroso, porque a falta de otro motivo mas logico, parece que la propia justicia quisiera disuadirnos en lugar de ayudarnos.
Cualquier aclaracion sera muy agradecida,
Un saludo
Hola Albrto,
Si le requieren para ratificar la demanda, debe acudir al Juzgado, copia para el traslado, debe llevar otra copia de la demanda, para darle traslado -enviarsela- a la otra parte, a la demandada.
Incoar quiere decir iniciar el procedimiento, pero si no subsana los defectos que le han notificado, se archivará.
Muchas gracias Katia, ahora ya me queda claro qué tengo que hacer. La unica duda que me queda es si puedo hacerlo por fax, email o telefono. No le veo sentido a trasladarme 600km para decir que no me he arrepentido de la demanda que puse. Tengo que llevarles copia de la demanda con todos los documentos que presenté? lo digo porque no estoy en condiciones de aportar copias de los documentos adjuntos, puesto que entregue los originales. Yo tengo una copia de todo, pero la calidad de la copia es muy mala, y una copia de esa copia resultaria ilegible.
Por otro lado, no incurren en defecto los secretarios del juzgado al admitirme una demanda que no cumple con los requerimientos formales?
Gracias de nuevo, un saludo
Si en el juzgado te han dicho que se pondrían en contacto contigo a través de un juzgado de tu ciudad, yo entiendo que lo van a hacer es enviar lo que se llama un exhorto a tu ciudad. Es como una carta que envía un juzgado a otro y le pide que haga alguna diligencia, en este caso, lo suyo sería que te citaran de un juzgado de tu localidad para que fueras allí y te ratificaras en tu demanda y entregaras una copia de tu demanda y de TODO lo que has presentado con la demanda para que en su momento se lo den al demandado.
No han cometido ningún error al incoar tu demanda aunque tenga defectos, no la han admitido, y hay una diferencia enorme. La posiblidad de que en una demanda haya defectos está prevista por la ley que establece que se le conceden al que la presentó 10 días para subsanar los defectos, en este caso, la falta de copia de todo para la otra parte.
Cuando te admitan la demanda no recibirás una diligencia de ordenación, recibirás lo que ahora se llama un Decreto, es una resolución bastante larga en la que se admite la demanda y se señala un día y una hora para que se celebre el juicio, al que por supuesto tienes que ir.
En todo caso, no comprendo que te hayan requerido por correo. Un requerimiento, sea para aportar copia de la demanda o para cualquier otra cosa, es, en esencia, que el juzgado te exige que hagas una determinada cosa (en este caso lo de aportar la copia...), pero la ley dice claramente que cuando se hace un requerimiento cabe la posiblidad de que el requerido, es decir tú, manifieste algo y se tiene que hacer constar lo que tú dices en ese momento. Por eso se tiene que hacer siempre en forma personal, no se debe hacer por correo.
Lo de incoar. En realidad lo que significa es que se comienza a tramitar la demanda, no que se admita.
Creo que quizá sería buena idea que volvieras a llamar al juzgado para que te confirmaran que van a enviar un exhorto a los juzgados de tu ciudad. En caso contrario, remites por correo certificado, con acuse de recibo, la copia que te piden y un escrito, dirigido al juzgado y procedimiento que aparecen en la diligencia de ordenación que has recibido, en el que te afirmas y ratificas en el contenido de la demanda presentada por tí en fecha... frente a... y de la cual adjuntas copia. Si en la ciudad donde se tramita la demanda hay Decanato, envíalo a la Oficina de Registro del Decanato para que lo envíen ellos al juzgado.