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Alguien me puede esplicar esto.

5 Comentarios
 
Alguien me puede esplicar esto.
14/08/2007 15:31
Tengo 42,9 años.Y en 6 de agosto de se me ha mandado resolucion de IPTH.

La ley establece que las bases de cotización para extraer la base reguladora son aquellas, si no se tienen 15 años cotizados ,es decir el minimo exigible. La cuarta parte desde que cumpli 20 años a la fecha del hecho causal(es decir la resolución).

Bien se me aplica 78 meses de bases de cotización cuando deberian ser 68 y aparte no se tienen en cuenta las bases de cotización de los meses de Junio,Julio y agosto.

Alguien me puede esplicar este engendro de decisión a todas luces no ajustado a derecho!!!!.

Se me escapa algo que no se?
14/08/2007 18:12
El hecho causante no es necesariamente la fecha de la resolución, sino la fecha de extinción de la IT bien por agotamiento de plazo, o por alta médica con propuesta de incapacidad. Si esto fue en mayo, por eso no toman las bases de los 3 meses siguientes, en caso de que hubieras cotizado.

En cuanto a lo de los 78 meses, no sé la razón. Mira a ver si te beneficia o perjudica; en este caso presenta una reclamación.
14/08/2007 18:28
El agotamiento de la IT se produciria en el mes de septiembre.
De hecho el jueves fui a por un parte y mi empresa ha estado cotizando por mi.El mes de agosto lo he cobrado de la empresa por lo tanto son derechos consolidados y cotizados tanto por mi como por la empresa.
14/08/2007 18:30
Ten en cuenta que aunque se tomen por ejemplo, 68 meses, para calcular la base reguladora se suman las de esos 68 meses pero luego se dividen entre 68x1,1666 para ajustar las pagas extras (ya que se cotizan prorrateadas, pero luego siempre se cobran separadas).
14/08/2007 18:46
En el papel que m han dado solo vienen contabilizados las bases de 68 meses pero sin embrago me lo quieres dividir por 78 no se ha cuento de que.
Lógicamente siempre es más rentable dividir por 68 que por 78.
14/08/2007 19:10
Es por las pagas extra: cuando se cotiza se incluye siempre la parte proporcional de pagas extras, pero luego en cualquier pensión se cobran 2 pagas por separado. Este cálculo es así para todas las pensiones, por ejemplo en la de jubilación normal se cogen las bases de los últimos 180 meses (15 años) y se divide la suma entre 210 (15 x 14 pagas).