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Alguien me puede echar una mano?

5 Comentarios
 
Alguien me puede echar una mano?
21/03/2014 14:45
Buenas tardes!

Me gustaría comentar mi situación para ver si alguien podría aconsejarme o informarme para resolverla, ya que no tengo mucha idea de estos temas. Pido de antemano perdón si los términos que uso no son los correctos :! Es la siguiente:

Me acaba de llamar mi jefe para informarme de que a partir del día 31 terminan con mi contrato (era de duración hasta fin de obra). Llevo trabajando en la empresa desde julio de 2011, y ahora mismo estaba de baja desde el 7 de enero y aun no tenía el alta.

Así pues, las dudas ahora que me veo fuera, estando las cosas como están son: ¿Tengo derecho a finiquito, paro, etc... O al estar de baja, o ser fin de contrato no me corresponde...? ¿Deben pagarme las vacaciones que no he disfrutado?

Siento arrojar tantas preguntas, pero la verdad es que tengo cierto miedo a irme a la calle y encima sin ver un duro ni cobrar paro... Cuando tenga alguien un momento, agradecería cualquier aclaración. Muchísimas gracias de antemano, y disculpen las molestias.

Un saludo.
21/03/2014 15:09
Por supuesto que tienes derecho a finiquito,paro,indemnizacion por fin de obra y tus vacaciones,faltaria mas !!!!!!!tranquila.
21/03/2014 16:20
Muy buenas, en principio no tienes que preocuparte si estas de baja y la empresa te despide, pues pasarías a cobrar del INSS , tan solo tienes que acércate por una oficina y rellenar el documento del cobro directo por incapacidad temporal, tendrás que llevar la carta de despido y el finiquito, aparte la empresa esta obligada a pagarte la liquidación de vacaciones y las partes de las pagas que no hayas cobrado, pero recuerda cuando se esta de baja no acumulas para cobrar pagas ya que estas están metidas en la base de cotización que se cobra cuando se esta de baja.Pero si te tienen que indemnizar, saludos y espero haberte ayudado.
21/03/2014 16:24
Finiquito: nomina del ultimo mes trabajado, (por cierto es importante saber si esta usted de IT por contra comunes o profesionales es decir si esta usted de baja por enfermedad o por accdte laboral o enf. Prof.), a parte de la ultima nomina le corresponderá la parte proporcional de las pagas extra salvo que ya las cobre prorrateadas, tb las vacaciones que no ha podido disfrutar, esto como finiquito luego al ser un cto fin de obra le corresponde de indemnización 11 días por año trabajado, vamos para julio de 2014 le corresponderían 33 días como le faltan 3 meses se quedara en algo mas de 30 días.
Esto por ahí pero presumo qué le notifican el fin de obra sin acabar esta pero lo que ocurre es que como esta de IT quieren deshacerse de usted, bien pues si demanda ese despido seguramente sera improcedente y en ese caso la indemnización sera de 33 días año que con el tiempo que lleva serán aorox. 90 días.
Tb tendrá derecho a prestación por desempleo lo que ocurre es que mientras este de IT seguirá cobrando o bien de la mutua o de la SS pero si es por contra. Comunes estará agotando la prestación de desempleo mientras que si es por x
Contra prof. Hasta que no reciba el alta no comenzará a agotar la prestación.
SMO.
21/03/2014 16:28
Donde pongo contra es el teclado el que me hace esta jugada, quiero poner cont. (de contingencias comunes o profesionales)
21/03/2014 17:53
Ufff! La verdad es que me habeis aclarado bastantes cosas. Me quedo mucho más tranquilo :).

Una vez más, muchas gracias y que tengais un buen fin de semana!