llebo dos años en una empresa y ultimamente no estoi a gusto y quiero despedirme ,yo quisiera saver pues me an ofrecido otro trabajo con un contrato de un mes en principio ,mi pregunta es si luego no supero la prueba y me despiden ¿puedo cobrar paro?esque me an dicho que tengo que estar tres meses en otro trabajo para poder cobrar paro ,pero si me despiden cuando se acabe el mes si finaliza el contrato ¿que puedo hacer ?gracias y espero sus respuestas
REalmente si puedes cobrar el paro, pero te van a poner todos los problemas del mundo por parecer que es un apaño para cobrar el paro. Es realizable pero tiene tarea.
Tienes derecho a prestación por desempleo,pero cobien dice Sapalo te lo puden denegar,por lo que tendrias que acudie a los tribunales para reclamarlo,y tenerlo muy claro,ya que es algo que huele a fraude aunque en tu caso no lo sea.
Por otro lado,estar en un sitio a disgusto no es nada bueno.Si confias en ti misma adelante.
Saludos cordiales
Yo estoy en una situacion parecida. Yo solamente no estoy a gusto, no tengo ningun trabajo a la vista, y lo que querria saber es si tengo derecho al paro si presento la dimision.
el problema es que si os vais voluntariamente y os rescinden el contrato en periodo de prueba o suscribís uno temporal de menos de tres pueden estimar que existe fraude.
es un riesgo que debeis valorar. De cualquier manera si es una buena oportunidad merce la pena arriesgarse, eso sí yo me iría por un contrato indefinido no por uno de 1 mes a ver que tal.
1. La dimisión del trabajador no le coloca en situación legal de desempleo y por tanto, no tiene derecho a cobrar desempleo.
2. Para que un trabajador que ha dimitido en un trabajo anterior tenga derecho a desempleo por no superar el período de prueba deben haber transcurrido tres meses entre que se produjo la extinción del contrato y la resolución del contrato por dicho motivo.
Lo que LadyHalcon nos comunica es el punto de vista del INEM, pero en los tribunales se gana, por eso comentaba que tiene tarea y muchas ganas de meterse en eso.
Con referencia a meparto, si te vas del trabajo por baja voluntaria, no tienes derecho a cobrar el paro, eso si, el tiempo que trabajado se queda acumulado para otra ocasion que seas despedida o por fin de contrato.
Mmmmmm... ¿punto de vista del INEM?
Creo que tiene razón LadyHalcon. Cuando la extinción es por período de prueba hay NORMATIVA clara: tienen que haber pasado tres meses.
Es en otros casos (extinción por otros motivos) cuando el INEM establece criterios "tumbables" en tribunales.
Salvo mejor opinión...
no hombre se refiere al nuevo periodo de prueba en el futuro trabajo. Tiene razón Dani 2, los tumbables es si por ejemplo haces un contrato de 2 meses y medio por obra se termina el contrato y te deniegan el paro , ahí puedes lucharlo, pero como te echen en periodo de prueba yo lo veo casi imposible.
Lo que afirma LadyHalcon no es el criterio del INEM, es lo que la norma define y de forma muy clara: LGSS art. 208.1.1. g)
Lo que sí es criterio del INEM esa aplicar esa limitación a otros supuestos de extinción del contrato distintos a la no superacion del periode de prueba (despido, fin de contrato) antes de que hayan trasncurrido los e meses de una baja voluntaria. Y ahí si puede lucharse y exigir que sea el INEM que pruebe el fraude.
Pero si el motivo es por no superacion del periodo de prueba, la norma es clara, no se trata, insisto, de una presunción o criterio del INEM.
yo soy administrativa y despues de la baja maternal me despidieron y enganche en otra empresa de lo mismo pero al tener un bebe me despidieron solicite la prestacion de desempleo y me la dieron sin ninguna pega, incluso, yo desconocia que lo considerasen posible fraude. saludos y enhora buena por bustra labor a todos
Efectivamente. olobo, nadie ha tratado de cuestionar que en tu caso pudieras no tener derecho a la prestación, ya que en las dos últimas empresas has sido despedida.
La limitación legal que comentamos se da en el caso en el que tras una BAJA VOLUNTARIA e incorporación a otra empresa, se rescinde el contrato por NO SUPERACIÓN DEL PERIODO DE PRUEBA sin haber transcurrido 3 meses de la baja VOLUNTARIA anterior.
Así que tranquila, tenías derecho a prestación y no comitiste ningún fraude.