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ALGUIEN ajeno finca...venir juntas?

1 Comentarios
 
23/03/2011 13:05
El propietario que delega elige a quien le representa y no tiene porque ser otro propietario. En algunos casos se llega a delegar en profesionales (abogados, administradores de fincas o notarios) para salvaguardar sus intereses. La representacion debe hacerse por escrito. Articulo 15 de LPH.

saludos
Alguien ajeno finca...venir juntas?
23/03/2011 09:58
Hola, buenos dias, porfavor me podeis decir si una persona ajena a la comunidad, puede venir a las juntas en representacion de una puerta o sólo puede delegar en ótro vecino? y si lo pone en algún articulo de lph.

Gracias de antemano

Saludos