Hola a todos recibi una multa de la zona azul hace un mes por carecer de ticket, y efectue escrito de alegaciones en tiempo y forma en concreto el modelo que expone Luis 75:
ALEGACIONES:
Que he recibido notificación de denuncia contra mi vehículo por estacionar, sin el distintivo que lo autoriza en lugar habilitado para el estacionamiento con limitación horaria, siendo estos hechos falsos, ya que se encontraba encima del salpicadero de mi vehículo el correspondiente boletín de estacionamiento regulado.
En el mismo texto de notificación de denuncia se informa que el denunciante es miembro del servicio de estacionamiento regulado, careciendo conforme lo previsto en el Real Decreto Sancionador 320 11994 del 25/2 en su articulo l4 ...." del carácter de Agente de la Autoridad. . . .. 11, tratándose de una denuncia de carácter voluntario.
Que según sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 1998: "la simple ratificación de la denuncia por parte del controlador no puede considerarse como elemento de prueba determinante de la comisión de la infracción que se le pretende imputar"
Que posteriores sentencias del Tribunal Supremo, de los Tribunales Superiores de Justicia de Valencia y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid han dictando sentencias confirmando la falta de "presunción de veracidad" de los citados controladores.
Por todo lo cual
SOLICITA :
1. Se produzca la apertura del periodo de prueba, contemplado en el articulo 13 de citado Real Decreto, aportándose las pertinentes pruebas por parte del denunciante, que rompa la presunción de inocencia recogida en la Constitución y en la Ley 30/92, solicitando que se me informe en que horas y fechas se ha efectuado la denuncia según recoge la Ley 30 /92, ya que por mi parte, puedo aportar pruebas testificadas que en el momento y hora indicada mi vehículo se encontraba en otro lugar, pruebas que podría aportar al Instructor del expediente, si se produjera la apertura del periodo de prueba solicitada por el que suscribe.
2. Homologación del parquímetro o del reloj de pulsera del controlador por el Centro Español de Metrología.
3. No se ha hecho constar en la denuncia la identidad del denunciante, así como su domicilio, tal y como establece el artículo 5 de REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR, aprobado por Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero, siendo únicamente sustituibles por el número de identificación en el caso de los Agentes de la Autoridad.
4. También solicito copia de la denuncia original.
Pues hace dos días he recibido resolución del Ayuntamiento que dice: Resultando que, contra el contenido del Decreto de Inicio del Expediente, el interesado presentó escrito de alegaciones en tiempo y forma, aduciendo cuestiones de carácter legal, formal o personal, solicitando la anulación del Expediente sancionador. Continua diciendo:
CONSIDERANDO que el Agente Controlador de la O.R.A se ratifica en la denuncia, por que su testimonio está considerado como prueba legítima, según reiterada Jurisprudencia del T.S, S.T.S (4-10-96 Y 22-09-99), no acreditando el interesado otros hechos que por ser contradictorios con los denunciados, pongan de manifiesto la imposibilidad de estos últimos, no resultando necesaria la práctica de prueba alguna, a la vista de las alegaciones formuladas y del informe de ratificación emitido por el Agente denunciante. (Informe ratificador que no se envía al denunciado y que el denunciante no tiene consideración de Agente).
Desestimando la alegaciones formuladas imponiendo sanción de 30€, la presente resolución pone fin a la vía administrativa y podrá interponer Recurso de Reposición.
A mi juicio creo que la administración vulnera todos los derechos del denunciado al no efectuar y comunicar la apertura del periodo de prueba, no se hace constar nombre apellidos del denunciante, no envían el informe ratificador, dejando indefenso a esta parte.
Ruego algún modelo de recurso de reposición y vuestra opinión ante tales hechos.