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Alegaciones entendidas por no presentadas

4 Comentarios
 
03/03/2013 17:20
Ok, gracias por la información.
03/03/2013 14:39
No, no es lo mismo. Mira el art 105 de la Ley 30/1992.
03/03/2013 14:28
Es verdad la fecha es errónea, es 14/09/12.
La opción 1, la descarto por completo.
En la opción 2, dices que puedo solicitar una revisión de oficio? eso no es lo mismo que un recurso extraordinario de revisión?.

Bueno muchas gracias por tú respuesta Juan S, me ha quedado bastante claro el tema.
03/03/2013 10:31
Supongo que la fecha que pones (14/07/12) es errónea.
Dado que el procedimiento ya ha adquirido firmeza, sólo te quedan dos posibilidades:
1.- Acudir a un contencioso. Tienes que valorar si los gastos que te va a ocasionar te compensan, sobre todo si se da el caso de que pierdas el juicio. Los jueces de lo contencioso tienen especial tendencia a fallar a favor de la Administración salvo que tengas la razón al 101%.
2.- Solicitar una revisión de oficio, adjuntando todos los justificantes. Dado que es un procedimiento discrecional no tengo mucha fe en que ahora te hagan caso, no habiéndolo hecho antes. Pero tienes la ventaja de que sigues en vía administrativa y, por tanto, no tienes gastos.
Independientemente de lo que hagas, el apremio no se suspende, así que es mejor que pagues para evitar que la deuda se incremente y que te acaben embargando.
Alegaciones entendidas por no presentadas
03/03/2013 08:20
Hola, me gustaría que alguien me pudiera aclarar lo q detallo a continuación, ya que por más vueltas q le doy a mi cabeza no le encuentro explicación.

1.- El 23 de agosto de 2012 el ayuntamiento me notifica un multa, tengo 20 días naturales para realizar alegaciones,el plazo para presentar alegaciones terminaba el día 11 de septiembre.
2.- El día 07/09/12 mando las alegaciones por correo certificado pero no me sellan copia de lo que mando pq no sabía q debían hacerlo, hasta ahí bien.
3.- El día 10/09/12 dentro del plazo de los 20 días la carta certificada fue entregada a un empleado del ayuntamiento y así consta en la certificación de entrega que solicité en correos y la cual está firmada por dicho empleado.

A los 3 meses aprox, no recuerdo con exactitud, me ejecutan la sanción por entenderse las alegaciones por no presentadas, y por lo tanto no seguir el procedimiento ordinario, entonces les hice un recurso extraordinario de revisión, pero se lo han pasao por el forro, ahora la sanción me la reclaman por vía de apremio.

Pedí copia del registro de entrada del escrito de Alegaciones y mi sopresa fue q estaba registrado con fecha 14/07/12, cuatro días después de haberse recibido en el ayuntamiento.

Entiendo que el error es del Ayuntamiento no mío, ellos se han demorado en darle entrada,no?

Agradecería q alguién m diera una explicación y que me despejara las dudas.

Un saludo.