Buenas, he recibido una carta del juzgado referente a las Previas.
En ella el magistrado dispone la intervención de mi permiso, absteniéndome de conducir, como medida cautelar mientras se tramita la causa.
Dispongo de un plazo de 3 días para recurrir.
¿Vale la pena el recurso?
Todo este tiempo que no he podido circular (ya que los Mossos d'Esquadra ya se quedaron el permiso), podría incluirse en el periodo que dure la retirada?
muchas gracias por la contestatcion. imagino que le retiraran el carnet. él depende de su vehiculo es su herramiento de trabajo como profesional.. asi que su aseguradora le pedira los daños de los vehiculos arreglados no? no se sabe el tiempo de retirada.
Nos dijeron que al quitarse los puntos y con la multa ya no va por via penal.. por que sino seria juicio rápido y los policias no dijeron nada de ningun tipo.. y despues de 4 meses nos ha extrañado
gracias
La denuncia administrativa que recibiste, si bien es normal que se haga, no deberíais haber recibido nunca, pues ésta es condicional a la vía penal que se abrió a la par.
Lo que va a suceder ahora es lo normal en estos casos. Tu novio probablemente será condenado por un delito de conducir un vehículo de motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas a una pena de privación del derecho a conducir y una multa. Además, la aseguradora que corrió con todos los gastos posiblemente reclame a tu novio todo el dinero que pagó como consecuencia de ese accidente.
En cuanto a la multa y los puntos, cuanto tenga la resolución judicial, si es condenado, tendrá que acudir a la Jefatura de Tráfico y solicitar la devolución de los 500 euros y el reintegro de los puntos.
hola a todos, mi caso es el siguiente.. hace 4 meses tuvimos un golpe mi novio se salto un ceda y el otro coche nos empotro por que venia a una velocidad de 80 cuando es a 50 el max, la culpa fue de mi novio vino la policia y dio en la prueba de alcohol, colaboro con ellos y las otras personas no le spaso nada.
bien al mes nos llego una multa normal(papel rosa) con 500 euros y 6 puntos, el coche se arreglo y las aseguradoras no dijeron nada de que no se hacian cargo de anda.
Ahora recibimos una citacion para ir al juzgado por accidente y daños y tasa de alcohol..pensabmos que era una decalracion normal para contar los hechos,, y ayer cuando fue mi novio.le dijeron que tenia que llevar un abogado y le han puesto uno de oficio y aplazado para este 11 de octubre..
MI PREGUNTA ES; A QUE SE DEBE?? le pueden retirar el carnet aún habiendole quietado los 6 puntos?? o para que es el juicio en el juzgado le dijeron que por alcohoy y daños, no sabemos si es a la persona o que nadie se ah puesto en contacto ocn nosotros(puestoq ue el coche es su trabajo)
gracias espero vuestra contestacion por que estamos preocupados
En cualquier caso lo que debería hacer es acercarme a el juzgado y empezar pidiendo Justicia Gratuita, ya que no tengo apenas ingresos. Así deberían asignarme a un abogado de oficio y ya consultarlo con él. Todo esto antes de que me citen para el juicio, no?
Algún consejo mas que pueda ayudarme u orientarme? (el de no beber si voy a conducir lo tengo más que claro, lo aseguro)
Muchísimas gracias a ambos por vuestra atención.
Hola kapitan,
Gracias por la explicación, no lo había entendido bien, me pareció entender que le habían permitido conducir después de la lectura.
bronco90,
Es complicado sin saber la sintomatología que hayan hecho constar los agentes, lo que le sería más favorable, ya que el accidente le perjudica mucho.
Si los síntomas no son muy buenos, debe valorar que le interesa más, si una vez, abonado el coste del daño causado, su abogado puede solicitar la transformación de las diligencias previas en diligencias urgentes y beneficiarse del tercio de reducción, al prestar su conformidad.
Si los síntomas que aparecen en el atestado son buenos, puede arriesgarse por el margen de error del etilómetro a que le absuelvan, pero esto se lo digo con mucha cautela, hablelo con su abogado, sería interesante, algún testigo que pudiera declarar sobre el otro vehículo, en mi opinión la absolución es dificil.
Le pregunté al Mosso sobre si sería juicio rápido y me dijo que no (que me llegaría la citación en un mes aprox.), debido al accidente con la señal.
Como vehículo implicado solo estaba el mío.
¿El margen de error se aplicaría en este caso?
¿Y se tendrá en cuenta como atenuante que la llamada al 112 la hice yo mismo, que hubo un buen comportamiento, etc..?
Está claro que ni me podía imaginar marcar esa tasa de alcohol. Realmente creo que no manifestaba signos de alcoholemia tales como deambulación, dificultad al expresarme, ... ya que la conversación con los agentes fue en todo momento fluida.
¿Existen posibilidades reales de que termine por vía administrativa?
Pues sí, parece que ya estás citado para juicio rápido.
Katia, al menos en Cataluña es normal esa actuación. Se hace una diligencia informándoles de sus derechos como imputado no detenido, otra con la citación, un acta interviniendo el permiso de conducir, otra con la inmovilización si no hay nadie que se pueda hacer cargo, las denuncias... (por teléfono o por emisora se solicita el nº de diligencias y la fecha, hora y juzgado para la citación) y la patrulla se va a atestados a terminar y el denunciado/imputado con viento fresco. De ese modo el juez ya tiene en su mesa el permiso de conducir cuando dicta sentencia y empieza en ese momento a contar la pena.
El positivo con margen de error está en 0,65, por lo que, como te dije, o te consideran responsable del accidente o apreciaron síntomas de encontrarte bajo los efectos del alcohol.
Lo que ocurrió fue que se quedaron con el permiso de conducir, y me dieron dos hojas amarillas (una de la citación, y otra de la información de mis derechos). Llamé a alguien para que se hiciese cargo del vehículo y el agente me dijo que podía seguir conduciendo "al día siguiente".
Pero sí, el carnet lo tienen ellos.
Gracias Katia
Hola bronco,
No entiendo esto " me dieron la citación, me quitaron el carnet y me dijeron que podía seguir conduciendo hasta que me llamaran para el juicio"
A ver ¿Le quitaron el carnet ? Se lo cogerían para comprobar los datos y se lo devolvieron ¿No? y despues ¿Le permitieron conducir inmediatamente despues?
Aclárenos estos puntos, por si podemos orientarle.
Un saludo,
Estás imputado, tienes que solicitar la justicia gratuita y si tienes derecho, que te asignen un abogado de oficio. Si no cumples los requisitos también puedes solicitar uno de oficio, pero deberás pagar sus honorarios. Ve a los juzgados y pregunta dónde se solicita y qué documentos debes aportar.
Sí tengo seguro del vehículo, a terceros. Aunque habiendo dado positivo creo que nunca se harán cargo de nada.
El día del accidente no hice ningún parte, y después de que llegaran los Mossos d'Esquadra no me dijeron que tuviese que dar parte.
Si aún no me han citado para el juicio, puedo ponerme en contacto con algún abogado de oficio?
Has hablado con tu abogado? Supongo que tienes seguro y que diste parte del accidente. Asegurarte que se lee el atestado para valorar si es conveniente o no no aceptar los hechos que se te imputen e ir a juicio o por el contrario, como te dije, mirar que lo que seguramente será un procedimiento abreviado se convierta en un juicio rápido, aunque eso sí, deberás pagar los daños causados, pues posiblemente el seguro no te cubra en este supuesto, sea penal la tasa o no.
Si el seguro no te cubre la defensa en este caso, mira a ver si cumples los requisitos para solicitar justicia gratuita, solicítala y contacta con el abogado que te asignen y planea con él la estrategia que convenga.
Otra duda que tengo es si debo solicitar un abogado por mi cuenta o esperar a que me llegue la carta con fecha para presentarme en el juzgado y allí me asignarán uno de oficio.
Ahora mismo solo tengo trabajo a días sueltos, y con la reparación del vehículo y la multa que esta por llegar, no puedo hacer frente a un abogado privado.
¿Qué debería hacer?
Es difícil contestar a tu pregunta sin conocer el atestado. Es muy posible que con esa tasa los agentes apreciaran síntomas en tu conducta, a pesar de haber llamado y señalizado, además hay un accidente en el que no se puede probar que la responsabilidad sea de un tercero por lo que se te achacará a ti, además no es verosímil la versión que das.
Recuerda que la tasa no es el único factor para imputar y/o condenar por este tipo de delitos.
Nadie como tu abogado que se habrá leído o deberá leer ese atestado para saber si tienes o no posibilidades de salir con una sanción administrativa, aunque ya te anticipo que no sería lo habitual.
El margen de error de los etilómetros creo que es sensiblemente inferior a ese 7,5%.
Muchas gracias kapitan por tu respuesta.
He estado leyendo otros casos donde se aplica el 7.5% como margen de error del alcoholímetro. ¿Tengo posibilidades de que así sea en mi caso y la tasa quede en 0.57, y por lo tanto en sanción administrativa?
Además teniendo en cuenta que fui yo mismo quien llamó, señalizando el vehículo y sin síntomas aparentes de embriaguez.
En estos casos, lo mínimo, contando con una conformidad, serían 8 meses de retirada de permiso más una multa, el problema que vas a tener es que posiblemente no se tramite como juicio rápido por los daños en la señal de tráfico que deberán valorar.
Habla con tu abogado para que mire el modo de cambiar el tipo de procedimiento si va como abreviado por el de rápido, de lo contrario el mínimo será de un año.