Mi caso es el siguiente. Hace 8 meses me retiraron el carnet por vía judicial por dar positivo en alcoholemia. Recuperé el carnet hace un mes aproximadamente, y el otro día me volvieron a parar y volví a dar positivo , más de 0,60. Cogí el coche por que creía que estaba bien para cogerlo ya que me dio positivo imagino por el día anterior que sali sin coger el coche, pero se me ocurrio cogerlo or la mañana con la resaca y volvi a dar. El caso es que tengo mañana el juicio rápido y me gustaría saber cuales son las sanciones que me pueden caer. NO hubo accidente ni conducción temeraria ni nada, de hecho la guardia civil me diijo que no tenía sintomas visibles de haber bebido.
Mucha gracias, espero sus respuestas ya que estoy muy preocupado.
Por favor, no se si éste tema debería de estar pegado en otro foro, o bien que no se sabe mucho sobre el tema.
Necesito con urgencia que si alguien sabe que puede ocurrir me lo pueda comentar.
Mañana tengo el juicio rápido y cuando sepa los resultados lo comentaré para aclarar dudas a los demás usuarios. mientras tanto ruego me solucionen alguna duda. GRACIAS
Gracias por todo. He leido en varios foros pero no saco nada en claro, y aque las sentencias son muy diversas. He leido que lo normal es que me pongan una multa de mayor cuantía, retirada del carnet de conucir de 2 años y medio y prisión de 4 a 6 meses que sería sustituida por dicha multa.
Si me pudiese alguien experto en el tema informar lo agradecería enormemente.
Dice usted que dió por encima de 0,60, ¿cuánto por encima?, si es muy poco, 0,62 o 0,64, podría defenderse por el margen de error del etilómetro, aunque en su caso, se complica un poco, por el antecedente que tiene.
A ver que le indica mañana su abogado, probablemente, lo mejor será que intente negociar con el fiscal, le retirarán el carnet, más tiempo, será alrededor de lo que usted dice y en cuanto a la pena de prisión, intente que su abogado negocie multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
Hola, muchas gracias por contestar.
He tenido hoy el juicio rápido, pero resulta que los abogados de oficio estaban de huelga, así que todavía no se nada.
di 0,85 por lo que no se puede rebatir, lo úncio que me gustaría saber es lo que me puede pasar, en estos casos lo que mas se teme es la entrada en prisión o embargo del vehículo, etc.
Gracias, y si hay alguien que sepa, cual es la pena mas probable por delito contra la seguridad del tráfico.(alcoholemia) con agravnte de reincidencia, por favor que exprese su opinión ya que me sería muy util, debido a que si lo veo muy mal estoy a tiempo de elegir a un abogado especializado.
El 379 CP, prevé prisión O MULTA. Fiscalía siempre pide prisión en sus escritos de acusación, así fuerzan un poco al acuerdo, pero, no sé como será por ahí, pero en Granada por ejemplo, cambiar la privativa de una conducción bajo la influencia de bebidas Alcohólicas, por multa no suele ser difícil. Trataría, pues, de llegar a un acuerdo con el Fiscal.