rus, no lo encontrarás
Información sacada de http://www.libertaddigital.com/php3/noticia.php3?cpn=1276234142 :
en declaraciones a Radio Nacional de España, el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, ha advertido de que los conductores ebrios "no tienen por qué aspirar" a que les sea concedido el indulto, ya que es un delito "especial y severamente censurado" por el conjunto de la sociedad. En ese sentido, destacó que "estamos obligados a reaccionar ante una tasa de mortalidad en las carreteras que es absolutamente inadmisible
Esta información creo que va a servir a angel-4 para, desde luego, jugársela ya en el juicio, ¿verdad?, y para que algunos profesionales reconozcamos la enorme dificultad de hoy en día para estar al tanto de la norma.
Suerte,
Mi idea es intentarlo en el juicio pero entiendo perfectamente todo lo que me estás explicando y lo tendré muy en cuenta a la hora de hablar con mi abogado.
Rus tu dices que en tu zona mientras que se tramita el indulto no te retiran el carnet, este caso es del juzgado de Cuenca ¿Sabéis cómo suelen actuar allí con esto?.
yo si tramité un idulto por la pena de retirada de carnet y le conmutaron la pena por multa con la condición de no delinquir en unos años (no me acuerdo si 2 o 3); considero básico para pedir el derecho de gracia (o sea, indulto) el mostrar un arrepentimiento verza y es difícil que se arrepienta quien considera que no ha hecho nada malo.
Una advertencia, de las tribunales que conozco, casi ninguno suspende la retirada del carnet porque se pida indulto; en el caso que os he comentado, cuando vino el insulto llevaba ya cumplida la mitad de tiempo de retirada del carnet, o sea que no es garantía y vuelvo a lo de antes: si te presentas al juez que te va a juzgar y le dices, sí, iba un poco bebido e hice mal, lo siento de verdad... y como necesito el carnet para trabajar y mantener a mi familia, voy a pedirle a usted, además de perdón, que me suspenda la pena mientras tramito el indulto... etc... creo que es más fácil que te lo conceda que si lo haces con la imagen de: mire usted, soy aquel al que usted no creyó y que además recurrí su sentencia porque es usted un inutil que ni conoce el derecho ni sabe interpretar las pruebas, y ahora la pido que para ganar más tiempo me permita no entregarle el carnet mientras se tramita un indulto ... etc...
Como ves yo sólo tengo enun cuenta una opción: que te van a condenar. si estás muy seguro que puedes salir bien parado, todo lo dicho no vale. La decisión es tu opción.
Suerte
Hola, por lo que voy entendiendo una buena opción en principio para mí seria recurrir a la audiencia provincial y si salgo culpable pedir el indulto con lo que más o menos todavía dispondría de unos dos años para entregar el carnet.
Según dices Rus esto no afecta a la hora de solicitar el indulto ¿verdad?.
Lo del constitucional entonces dependerá de como se realice el juicio y es muy dificil por eso de los motivos tasados, osea que seria cosa de esperar al juicio.
jl entiendo tu ejemplo del jarrón pero creo que debo intentarlo en el juicio. Eso de la retirada en periodos¿ es así en algunas zonas?, ¿tiene que ver con el indulto o es independiente?.
Y por último jl -¿según tu experiencia si pido el indulto para poder conducir después de recurrir a la audiencia tienen en cuenta que no haya conformado desde un primer momento?.
Bueno pues hablaré el lunes con mi abogado teniendo un poco más claras mis opciones gracias a vosotros.
Lo que decía sobre el indulto parcial venía motivado por una cuestión formulada por "almuibi", según la cual el indulto parcial no sería propiamente un indulto. Era una aclaración, porque no entendía por qué había que plantearse la naturaleza de esa figura si la ley del indulto lo dice bastante claro (creo yo). No tiene nada que ver con la cuestión del carnet.
¿Se conceden indultos de tráfico?. Gran noticia, porque yo pedí uno en junio y hasta esa fecha no habían concedido ninguno (ya sé que dices que desconoces el contenido, pero deja que me ilusione).
La retirada del carnet por períodos en mi C.A no se concede (dicen algo así como que las penas son indisponibles, y que del mismo modo que no se entra en prisión en vacaciones, no se fracciona la retirada. Supongo que para las multas tendrán otra explicación)
me pierdo un poco en la explicación de Rus: en primer lugar, parcial o total, es indudable que un indulto es un indulto, ¿pero en que afecta la distinción a la hora de la ejecución de la condena o entrega del carnet, que es el caso que nos ocupa?.
De acuerdo en la valoración del recurso ante el constitucional, por eso decía, e insisto, en que hay que prepararlo desde la instrucción, denunciando la vulneración de derechos fundamentales, claro que siempre que se de, porque si no sería sería absurdo.
a un cliente mio se le concedió el indulto a finales de la anterior legislatura y por lo que veo en el BOE se siguen concediendo indultos, pero ignoro su contenido.
si el objetivo es no dejar de trabajar, la alternativa que yo vengo proponiendo a mis clientes, y funcionando, es el acuerdo beneficiado, indulto y retirada del carnet por períodos (vacaciones, fines de semana etc., dependiendo del caso.
Suerte
Almuibi, la ley del indulto dice que se considera indulto parcial la conmutación de la pena por otra menos gravosa, así que discusiones metafísicas aparte, la conmutación de la pena es indulto parcial, y el indulto parcial es indulto.
En cuanto a la cuestión del carnet, dos apuntes.
- Indulto: No tengo constancia de que el actual gobierno haya concedido ninguno, y que yo sepa, no tiene intención de concederlos en esta materia.
Puede pedirlo para lograr la suspensión hasta que se resuelva (la tramitación dura alrededor de un año).
El hecho de conformarse o no no influye a la hora de pedirlo-concederlo.
Es conveniente que su abogado, si al final decidiera conformarse, solicite la reducción de 1/3 que le correspondería de haber sido juicio rápido, pues algunos Fiscales están informando favorablemente de cara al indulto.
- Constitucional: El recurso es por motivos tasados, vulneración de los Derechos Fundamentales durante el procedimiento, así que tiene que plantearse al final.
Si el procedimiento ha sido correcto no tendrá base para recurrir, y lo más probable es que inadmitan el recurso, sin entrar en el fondo. En mi opinión, es una vía que sólo supondrá el aumento de los honorarios de su abogado.
Si yo estuviera en su lugar, hablaría tranquilamente con él, poniendo sobre la mesa todas las opciones posibles, desde conformarse en el Juzgado hasta la apelación de la sentencia, para poder valorar cuál es el mejor camino. Es su decisión, su trabajo y su dinero, por supuesto, pero piense que dependiendo de los hechos (si hubo accidente, daños, nivel de alcoholemia), puede conseguir una condena mínima en el juzgado (1 año y 1 día), y que si apela, en la Audiencia pueden subir ese tiempo hasta lo que haya pedido el Fiscal.
Quedan meses para el juicio. En mi zona, en caso de profesionales del transporte los jueces suelen ser comprensivos y condenan a lo mínimo (cuando no absuelven, aunque con la Audiencia no hay manera, de momento). Puede ganar tiempo apelando, es verdad, y después, otro año y pico para el indulto, lo que suma más de dos años.¿Le compensa el Constitucional?
si recurres al constitucional no tienen porque suspender la ejecucion de condena y, por tanto, podrías tener que entregar el carnet, depende del juzgado.
vamos a ver, si un hijo tuyo ha roto un jarrón, ¿como le perdonarías antes, si lo reconoce y pide perdón o si lo niega pese a que tu estas seguro?.
yo suelo marcarme un objetivo, en tu caso, por ejemplo, no dejar de conducir en periodo laboral, y a partir de ahí desarrollo una estrategia sobre la base de dos premisas: el derecho es inalterable, es lo que es, y no permito alterar la realidad; te puedo decir que generalmente les ha ido bien a mis clientes, excepto a quienes prtetenden la impunidad pese haber cometido una infracción que, porcentualmente, son los menos.
Ten juidado con la justicia, que no es un juego ni es barata.
suerte
Gracias por la información.
Por lo que entiendo de tus palabras si pido el indulto depende también de lo que digamos en el juicio, tenemos pensado declararme inocente y negar que he bebido ¿esto perjudicaria a la hora de pedir el indulto?.
En cuanto a recurrir al constitucional dices que tendriamos que denunciar por vulneración de derechos fundamentales pero esto ¿antes de que se realizara el primer juicio?.
Y dos cosas muy importantes para mí:
-si recurro al constitucional ¿quedaría suspendida la retirada hasta que emitieran el resultado en el constitucional?.
-¿cuanto tiempo(siempre orientativamente) puede tardar en salir lo del constitucional meses, años?.
Quiero probar suerte en el juicio ya que tenemos esperanzas de salir inocente.Pero me vendria muy bien que me orientaras en mis dudas para
que lo tenga un poco claro cuando hable con mi abogado.
por partes: primero, sólo puedes recurrir una vez, en apelación, con efectos a que mientras tanto no te quiten en carnet; después podrías recurrir en amparo constitucional y pedir la suspensión de la condena, pero para esto tendríais que estar ya trabajando de cara a ese recurso, ya que sólo podrás alegar vulneración de derechos fundamentales que hubieses denunciado previamente.
El indulto a veces lo condecen a profesionales, conmutándole la pena de privación del permiso por multa, al menos con el anterior gobierno tengo constancia de ello, pero depende de muchos factores: antecedentes, prueba, etc. y el hecho que te suspendan la ejecución de la pena, o sea que no entgregues el carnet, mientras tramitas el indulto depende mucho del juzgado que te toque y de tu actitud (no es lo mismo reconocer la culpa y pedir perdón que negar los hechos ante la evidencia); como no se el lugar de juicio, que te recomiende tu abogado lo que veais mejor; en cualquier caso, trabaja desde ya de cara al recurso o al indulto.
Por favor si algún abogado me puede aclarar este tema que es es suma importancia para mi.
Tengo un juicio por alcoholemia, de momento no está marcado y van dando fechas por abril en el juzgado de lo penal.
Si saliera culpable se que puedo recurrir a la audiencia provincial.
¿Despues puedo seguir recurriendo sin que tenga que entregar el carnet?.
Cuando ya sea firme del todo si pido el indulto ¿alargaría también la fecha en la que tengo que entregarlo?.
Me dedico al transporte y tengo que hacer una inversión en un nuevo vehiculo y según mis cuentas necesitaria unos tres años para poder seguir adelante.
Sino pues mi medio de vida tendria que cambiarlo con lo dificil que me resultaría buscar trabajo etc.
Por favor, a ver si podriais decirme más o menos(se que depende de cada juzgado etc) cuanto tiempo puedo tener en caso de que salga culpable.