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alcoholemia en otra comunidad

3 Comentarios
 
Alcoholemia en otra comunidad
19/11/2011 03:33
Buenas noches:
Mi caso es una alcoholemia (0,74) por la cual me retiraron el carnet de conducir en Valencia, siendo de Madrid.
fue un "juicio rápido" por el cual me condenaron a 1 año y 1 dia de retirada y a 52 dias de trabajos sociales, pero al aceptar la condena se redució un tercio, y se quedó en 8 meses y 34 días de trabajos sociales.
Bien, para este caso escogí a una abogada de oficio, ya que soy de Madrid y al estar en Valencia no encontré ningún abogado, y la verdad es que su servicio dejó bastante que desear. la dije que si podía preguntar que si el carnet lo podía entregar en Madrid, que dónde serían los trabajos sociales etc...a lo que su respuesta fue "ah, no lo se, no haberlo hecho" y por tanto tengo numerosas dudas:
- ¿dónde hago los trabajos sociales?
- ¿el carnet de conducir, tengo que ir a Valencia a por él, o me lo mandan a algún juzgado de Madrid, o por correo a mi casa?
- me ha llegado una carta que dice que tengo que hacer un curso de recuperacion de puntos...si la retirada no supone quitar todos los puntos, ¿por qué tengo que hacer un curso como si los hubiera perdido todos, aún más si ni siquiera aparece en mi sentencia del juzgado?
- Me han contado que los trabajos sociales, ahora que estan desbordados, se cambian por 3 o 4 dias de charlas...eso te lo ofrecen en la entrevista, o puedes pedirlo? si no me llegan en cierto tiempo, ¿cuánto tardan en caducar, 3 años como el delito o menos??
Muchas gracias de antemano por su tiempo y sus respuestas!
19/11/2011 14:32
en primer lugar:
su condena es penal,por lo tanto no conlleva perdida de puntos.
el curso evidentemente lo ha de hacer o seria quebrantamiento de condena.
para el resto de dudas recibira un exhorto del juzgado de valencia,pero para ganar tiempo puede usted llamar al juzgado que le enjuicio y hablar con el secretario judicial.
faltan datos para mas aclaramiento.
19/11/2011 15:25
manelg muchas gracias por tu atención.
claro, al ser penal no conlleva pérdida de puntos, y por eso me extraña que tenga que hacer un curso de recuperación de puntos....cuando no he perdido ninguno!!
pone que si no hago el curso, no podria volver a conducir hasta que no lo hiciera, con riesgo de multa de 200€. Pero no sería quebrantamiento de condena, porque el carnet cuando me lo devuelvan ya habria cumplido la condena, más bien sería como llevar el carnet caducado o algo así, creo yo.
llevo esperando 5 meses la carta del juzgado y no me llega nada, cuando se supone que era "juicio rápido" el carnet me lo quitaron al instante, hala para informarme bien que tardan...
si llamara al secretario judicial, podría resolverme él las dudas acerca de dónde me devolverían el carnet, etc ??
gracias
19/11/2011 15:44
por partes:

el curso no es de recuperacion de puntos,es un curso de concienzacion y reeducacion en seguridad vial y
debe hacerlo obligatoriamente.
en segundo lugar si el carnet ya se lo retiraron ya esta cumpliendo la parte condenatoria de retirada de carnet.
tercer lugar los dias de trabajos en beneficio de la comunidad tambien debera cumplirlos y la condena son las tres cosas.

supongo no andara conduciendo....el carnet se lo enviaran al juzgado de su partido judicial cuando llegue el dia.