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Alcohol en la vía pública

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Alcohol en la vía pública
01/06/2009 11:36
Hola a todos
Hace unos días en el centro de Madrid durante una de las noches del fin de semana, un grupo de amigos y yo salímos a cenar y a "tomar algo".
No sé si alguien conoce la zona y el ambiente nocturno que existe últimamente, pero ha crecido la afluencia de gente de manera considerable.
Dado que todo estaba bastante repleto, decidímos entrar a un pequeño "pub" y pedir un vaso de mojito, que la joven camarera nos ofreció en formato de plástico para que pudieramos salir a la calle.
Podríamos hablar de un "botellón" en toda regla acerca de lo que se estaba produciendo alrededor nuestra, chicos bastante más jóvenes que nosotros con botellas, litronas...
La policía municipal se paseó por los aledaños y observándonos, ni si quiera nos apercibió de que debíamos retirarnos, como sí hizo con alguno de los grupos de jóvenes que anteriormente citaba.
Pasados unos minutos esperabámos para marcharnos a un amigo que atendía una llamada por su teléfono móvil, cuando un agente se nos acercó y nos preguntó que bebíamos.
La respuesta en ningún momento fue esquivada y le informamos que el contenido de los vasos era un "mojito".
El agente entonces sacó su libreta de boletines de Denuncia y realizó una a cada uno de nosotros, 4 personas, dos parejas.
Lo primero que me sorprendió es que no nos informaron de nada, a todo lo más algo vago e inconcreto por mis insistentes preguntas.
Lo segundo que alrededor nuestra aún quedaban grupos de jóvenes realizando un verdadero "botellón" y precisamente nos apercibieran a nosotros que sólo teníamos un vaso adquirido en un bar.
Dado que conocemos que estos casos lo peor es la queja y el enfrentamiento, acatamos la denuncia y firmamos.
De acuerdo con dicho boletín, infringimos la Ley 5/2002 de la Comunidad de Madrid, de "Drogodependencias y otras adicciones".
He podido informarme en parte pero quiero conocer si mis indagaciones son ciertas.
Se supone que según dicha Ley, al ser la primera amonestación el castigo es en pro de actividades para la comunidad y en estos casos se tratan de cursos-charlas de una dos horas; si se repitiese la conducta entonces se vería imputado por unos 400€.
También que hasta no recibir una carta en nuestro domicilio no podemos ni tenemos que hacer nada, y que como ocurriría en el caso de las multas de tráfico sino llegara a nuestra dirección quedarían en "el olvido".
Asi pues, si alguien puede confirmarme esto último respecto de las infracciones teniendo en cuenta el caso lo agradecería, asi mismo si existen otras consecuencias que desconozco me gustaría pudieran ponerlas en mi conocimiento.

Gracias.
Un saludo.