Tengo un cliente al que le entregé un pedido, no le pedi que me firmará el albarán de entrega, habia confianza, sin embargo si que se conecto con mi servidor para dar de alta el albarán de entrada y sacar las etiquetas de los precios de los productos. ¿El registro informatico me sirve para acreditar que le he entregado la mercancia?.
Es correcto porque existe lo que se denomina el contrato de agencia, regulado en Ley 12/1992 de 27 de mayo, en virtud del cual se regula la relación entre el agente y el empresario, el agente es el que realiza o concluye los actos en nombre del empresario,por lo tanto el caso que me comentas todo es correcto en el sentido que Usted tiene documento del pago del empresario realizado pon un mandatario de éste es decir el transportista por tanto actua en nombre del empresario teniendo Usted constancia del comprador y el intermediario, dicho lo cual es suficiente para justificar la compraventa de mercancia.Si quiere profundizar un poco consulte el contrato de agencia en la ley anteriormente reseñada.
Estimados Sres./as:
Espongo mi cuestión, tengo un taller que fabricamos embalajes de madera y hay algunos clientes que no les entrego la mercancia con mi camión, sinó que ellos envían una agencia de transportes a recogerlo. Esta agencia me pone su sello en mi albarán de entrega, con lo cual me queda el nombre de mi cliente en mi albarán y el sello del transportista que me ha enviado. Mi pregunta es la siguiente, si yo tengo problemas a la hora de cobrar esa mercancia, ese albarán me sirve para reclamar la deuda o no??
Un saludo y gracias adelantadas