Si es su pareja de verdad y convive efectivamente con ella (es decir, la relación es auténtica), no tiene nada que temer.
Con todo, si la relación no resulta (algo a lo que están expuestas todas las parejas) o usted descubre que realmente sólo quería regularizar su situación en España, usted podría extinguir la pareja de hecho registrada y solicitar la cancelación de la inscripción de manera unilateral, pero con notificación fehaciente a la otra persona (esto normalmente se hace por burofax enviado al domicilio).
A efectos de la conservación del derecho de residencia en España por su pareja en caso de cancelación de la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de la comunidad autónoma, ella conservará el derecho de residencia si la inscripción y convivencia duró al menos tres años y de ellos, al menos uno transcurrió en España. También la conservará si hay hijos menores de edad en común y le ha sido atribuida la custodia o reconocido el derecho de visita, aunque la inscripción y convivencia hayan durado menos de tres años. En otro caso, su pareja deberá solicitar la modificación de régimen comunitario a régimen general en el plazo de tres meses siguientes a la fecha de cancelación de la inscripción.
Problemas sólo podría tenerlos si la relación no fuera auténtica y se tratara de un fraude, lo cual es constitutivo de infracción administrativa o más grave aún, si además hubiera recibido pago por ello. Pero si la relación es verdadera, realmente no hay nada que temer. Siempre rige el principio de presunción de buena fe, aunque la Administración está facultada para efectuar cuantas comprobaciones estime oportunas en el caso de que se presentaran dudas sobre la autenticidad de la relación, si bien estas comprobaciones no tendrán carácter sistemático: es decir, no siempre, como regla general, sino sólo en los casos en que se presenten dudas para la Administración (cuando, de los documentos aportados al expediente, puedan aparecer indicios de fraude, por ejemplo).
Sí, es posible. Se lo puede hacer por escritura pública. Pero deben estar empadronados los dos en la misma vivienda. El notario envía copia electrónica para inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña. Esta inscripción puede tardar alrededor de un mes. Luego, con la resolución, que se envía por correo electrónico, ya se podrá solicitar para la persona extranjera extracomunitaria la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, siempre y cuando usted esté trabajando por cuenta ajena o propia o esté cobrando el paro, sea estudiante matriculado para cursar estudios en España o cuente con recursos económicos propios suficientes.