Me gustaría saber si al casarse conmigo en cuanto tiempo le darían la nacionalidad española ?
El permiso de residencia comunitario que normalmente dan a los extranjeros que se casan con ciudadanos de la Unión Europea, vale también para trabajar en Suiza ?
Qué documentación mi novio tendría que traer de Albania para poder contraer matrimonio en España conmigo ?
1.- Si se casan en España, tendrá que procederse conforme lo establece el Código Civil, la Ley de Registro Civil y el Reglamento de la Ley de Registro Civil: expediente matrimonial previo y luego, prestación del consentimiento matrimonial ante el Encargado del Registro Civil del municipio donde se hubiera tramitado el expediente; ante otro Encargado o ante el Alcalde o concejal delegado, en el Ayuntamiento.
Si se casan en Albania o en otro país, deben previamente solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Registro Civil del Consulado de España en el país de celebración. Si lo hacen en España, la competencia corresponde al Registro Civil Central (que no es muy conveniente, porque tarda mucho).
2.- ADQUISICIÓN DE LA TARJETA DE RESIDENCIA COMO FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UNIÓN.- Debe solicitarla inmediatamente después de la celebración del matrimonio o si se casó en el extranjero, en cuanto el matrimonio hubiera sido ya reconocido e inscrito en el Registro Civil español.
Debe solicitársela en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.
3.- ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA.- Las personas casadas con español o española, para poder solicitar la nacionalidad española por residencia, necesitan:
A) Que el matrimonio haya durado, al menos, un año completo. Se cuenta desde la fecha de celebración del matrimonio.
B) Que haya residido en España, también, al menos, UN año completo, después de la celebración del matrimonio. Se cuenta desde la fecha de inicio de efectos de la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.
C) Que al momento de presentar la solicitud, no estén separados legalmente, ni de hecho (se prueba con el certificado de convivencia, expedido por el Ayuntamiento).
D) Que la persona acredite buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española.
4.- PLAZO DE RESOLUCIÓN DE LA NACIONALIDAD.- De acuerdo con la Ley, el plazo es de UN año, contado desde la fecha en que el expediente tuvo entrada en el órgano competente para resolver (Dirección General de Registros y del Notariado, del Ministerio de Justicia). Sin embargo, en la práctica, demora de dos años en adelante, porque hay una etapa previa, de instrucción en el Registro Civil del domicilio, que puede tardar algunos meses. Y luego, se tardan en expedir los informes y finalmente, en resolver, notificar, tomar el juramento e inscribir en el Registro Civil la adquisición de la nacionalidad española.
5.- La tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión que le expidan en España, solo sirve para residir y trabajar EN España y para circular libremente por el espacio de Schengen y permanecer en el territorio de los otros Estados hasta por 90 días, sin poder realizar actividades lucrativas.
En el caso de que decidieran emigrar a otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o a Suiza, debe primero la persona española obtener el reconocimiento del derecho de residencia en alguno de esos países, mediante la solicitud de inscripción en el Registro de Extranjeros del país al que se marchen (para lo cual, deberá acreditar hallarse en los supuestos establecidos por la Directiva y transpuestos al ordenamiento loca, en el caso de los países miembros de la Unión Europea o en el caso de los países miembros del Espacio Económico Europea o Suiza, a los términos de los respectivos Convenios celebrados sobre la materia). Y una vez que la persona de nacionalidad española hubiera ya adquirido el derecho de residencia en ese otro país, entonces podrá hacerlo extensivo a su cónyuge.
6.- DOCUMENTOS EXIGIDOS PARA CONTRAER MATRIMONIO EN ESPAÑA:
A) Certificado literal de nacimiento, expedido por el Registro Civil de su país.
B) Certificado de estado civil, expedido por el Registro Civil de su país.
C) Certificado que debe expedir el Consulado General de su país acreditado en España, en el sentido de que, de acuerdo con las leyes de su país, no es necesaria la publicación de edictos, como requisito previo para la celebración del matrimonio.
D) Pasaporte en vigor, con el preceptivo visado (los nacionales de Albania necesitan visado para ingresar en el espacio de Schengen).
Los documentos albaneses, deben venir legalizados con la Apostilla de La Haya. En Albania, el órgano competente para apostillar es el Ministerio de Asuntos Exteriores, según consta en la información oficial de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado:
La traducción oficial al castellano, de los documentos expedidos en Albania, puede hacerse en España, por un traductor jurado, que conste en el listado oficial de traductores jurados, publicado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España:
La traducción oficial también puede hacerse de la siguiente manera:
A) Si es en el país de origen de los documentos:
- Puede hacerla un traductor jurado local, en la forma establecida por la normativa local y luego, debe llevarse la traducción al Consulado General de España acreditado en el país, para que, previa comprobación de la exactitud de la traducción, declare que es conforme y la incorpore al documento. Esta certificación del Consulado de España, tiene luego que hacerse legalizar en el Ministerio de Asuntos Exteriores de España.
- Puede hacerla el Consulado de España, si tiene disponible y ofrece el servicio de traducción. Esta traducción, también tendría que ser legalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, en Madrid.
B) En España: si no hubiera traductor jurado del albanés en la lista oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores de España, la traducción la puede efectuar el Consulado de Albania, la cual debe luego ser legalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, en Madrid.
Hola Condedecartagena, muchas gracias por sus aclaraciones.
Nosotros teníamos pensado lo siguiente, casarnos en el Consulado Español en Suiza y luego venir a España para solicitarle el permiso comunitario que, según ya nos asesoró un abogado en Suiza, le vale para trabajar en Suiza sin problemas, parece que hacen un canje de permisos o algo así debidos a los acuerdos que tienen la UE y Suiza.
Mi novio quiere irse a trabajar a Suiza, de hecho allí ya tiene trabajo, pero le falta el permiso para poder estar tranquilo.
Yo estoy en España, pero también me estoy planteando la idea de marcharme allí en vista de la escasez de trabajo que hay aquí ahora mismo.