Hola! mi marido desea que yo sea la albacea de sus bienes (viviendas...etc) hasta que su hijo sea mayor de edad, y tengo muchas dudas. Si esas viviendas fueran destinadas a alquiler...el beneficio que se obtenga de esos alquileres es herencia de su progenitor? Quien debe hacerse cargo de los posibles gastos que puedan generar las viviendas,(en este caso son casas antiguas, ej: reformas, contribuciones, comunidades ...etc)?
Por otro lado cuando nos casamos no hicimos separacion de bienes, y ahora mi marido quiere hacer un testamento. Yo no quiero tener lo que no me corresponde pero tampoco quiero que por ser administradora de esos bienes me genere durante años más gastos que beneficios. Que me aconsejais? mil gracias
Cuando uno de vosotros fallezca, desde esa fecha se produce automaticamente una separación de bienes. Aunque posteriormente hay que hacer la disolución de la sociedad ganancial, tiene efectos retroactivos a dicha fecha. Por lo tanto, y tambien desde esa fecha, el hijo de tu marido entrará en posesión de la herencia de su padre, como una masa independiente de tu patrimonio.