He oído en la radio que para junio el I.P.C puede ser en torno -1,5%. Como mi pensión se actualiza en torno al I.P.C de junio al final ¿puedo aplicar la actualización del I.P.C?
Según mi acuerdo dice que la pensión de alimentos se actualizara según el el I.P.C de junio.
Como ha habido mucha discusión sobre el tema ¿como se están actualizanda las pensiones?
Y sigue habiendola pues la especial consideracion juridica de la pension de alimentos lleva a muchos juristas a entender que no cabe disminuirla; ahi se dividen entre los que piensan que no cabe disminucion en ningun caso y los que entienden que no cabe disminucion solo de la cifra que figura en senencia ( imagino pues que la deflacciion no bajara la pension de la cantidad marcada en la sentencia en su caso)
En todo caso lo que no cabe es ejecucion pues si la sentencia dicta que se actualizara, esto es poner en consonancia con el IPC y usted la deflacta no hace mas que cumplir extrictamente la pension marcada en la sentencia como obligacion determinable segun dicha regla y no determinada. Mas a mas, actualizar es un termino ampliamente aclarado en la jurisprudencia donde habla de subir y/o bajar, de adiccionar o sustraer.
Asi pues en cualquier caso debera ser la parte "perjudicada" la que inste una modificacion de medidas para cambiar dicho termino por el de incrementar o subir.
En todo caso lo mejor es consultar con su letrado que le informa de las practicas habituales en su juzgado de familia.
Un saludo
....Yo tras leer foros, comentarios, etc., y a fin de evitar malos rollos con mi ex, se la mantendré igual ni subiré ni bajaré la pensión, al fin y al cabo por unos miserables -6€ o 10€/mes no voy a ser más pobre ni más rico. Además un año con deflación solo ocurre cada x tiempo y suele ser una excepción, no vale la pena entrar en batallas absurdas por una miseria.
Salu2