Sobre el valor del inmueble, aplicas el 3% salvo que pactéis otro valor o que guardéis todas las facturas, en cuyo caso, ése será el valor.
Los regalos son fáciles de repartir, a cada uno los suyos y pactan sobre los comunes.
En cuanto a las obras, tiene que acreditar esos pagos. El coche no es ajuar doméstico, es un bien mueble. Un saludo.
Buenos días.
En caso de divorcio, cómo se calcula el valor del ajuar doméstico? Incluiría esto también el coche? Y cómo se demuestra de quien es cada cosa, en el caso de cosas particulares, como regalos?
La vivienda es de una tercera persona. No se ha pagado alquiler en más de 20 años. Al ser de mi familia quedo yo en ella pero mi exmarido solicita 20.000 euros en concepto de obras (que por cierto no ha realizado ni pagado) y reparto del ajuar doméstico.
Vivo en Cataluña.
Le correspondería cantidad alguna de la que reclama al no haber pagado ningún alquiler en más de 20 años? Le corresponde parte del ajuar doméstico si se ha quedado él el coche adquirido el año pasado del fondo común?
Gracias.