Hola meva. Voy a responder a sus preguntas por orden de aparición:
1º)"Si mi inquilino compra el contrato en un estanco para no tener que hacer el modelo 600 ¿ cual es la base imponible ?."
La base imponible será LA CUANTÍA de la renta.
2º)"que hago despues con este contrato ?¿ tengo que llevarlo a Hacienda de la CCAA ?. Entiendo que tengo que llevarlo a la Delegacion provincial Hacienda cuando vaya a depositar la fianza para que vean que se ha pagado el ajd ¿ no ?."
En mi opinión el AJD se liquida una sola vez y NO cada vez que se prorrogue el contrato.
3º)"¿ el sujeto pasivo es el arrendatario? o ¿ tambien el avalista tiene que aparecer como sujeto pasivo ?"
En mi opinión sólo será sujeto pasivo el arrendatario.
Tengo que hacer un contrato alquiler y necesito saber respecto al ajd : a)Si mi inquilino compra el contrato en un estanco para no tener que hacer el modelo 600 ¿ cual es la base imponible ?. El contrato dura un año y se prorroga segun ley hasta 5. b) ¿que hago despues con este contrato ?¿ tengo que llevarlo a Hacienda de la CCAA ?. Entiendo que tengo que llevarlo a la Delegacion provincial Hacienda cuando vaya a depositar la fianza para que vean que se ha pagado el ajd ¿ no ?. ¿ el sujeto pasivo es el arrendatario? o ¿ tambien el avalista tiene que aparecer como sujeto pasivo ?