El vecino del bajo lo tiene puesto debajo del mío, en el suelo de su patio (un patio comunitario de uso y disfrute privado). La fachada de la que hablo es una fachada trasera.
Ojo, cuidado con eso de que si otro vecino lo tiene puesto, no pasa nada. Mira que estuviera autorizado en junta de propietarios (Libro de Actas), Atenta a los estatutos de la comunidad si prohiben algo al respecto (Siempre que esten elevados a Público), y no olvides que los plazos de prescripción para que te lo puedan hacer quitar van desde los 15 años a los 30, dependerá del juez con el que dieres.
En un pricipio en el interior del balcon si puedes ponerlos, se entiende que no te dejan en la fachada por alterar el aspecto de ella cosa que no passa en el interior del balcon.
Jordic, El balcón es elemento común, y aún cuando no se vea, debe tener permiso ya que la unidad exterior del aire ha de ir anclada, bien al suelo, bien a la pared. No es muy lógico, pero la Ley es así.......
Tonika, como decía, si lo tiene es porque tiene permiso, y si tiene permiso, no debería negarlo a otro vecino, pues este podría reclamar daños y perjuicios. Si no tiene permiso es diferente.
Pues en mi finca los han puesto en la parte trasera sin pedir permiso.
Y también sin pedir permiso en la delantera en la parte baja del bacón que es de obra, o sea que no deja salir el aire y como es balcón compartido separado por mampara que no cubre la totalidad del bancón se me cuela a mi balcón y me entra todo el calor por la puerta del salón, así mi piso de ser fresquito sin necesidad de aire acondicionado pues está cerca del mar, se ha convertido en un horno.
Se lo dije al vecino con muy buenas maneras me respondió que pondría algo para que no se me colara el aire pero pasó el verano sin poner nada