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aire acondicionado

1 Comentarios
 
Aire acondicionado
05/09/2006 12:43
En primer lugar agradecer la oportunidad que nos brindan en esta página para aclarar dudas y consultas.

El motivo de mi consulta es acerca de un aparato de Aire acondicionado que quiero colocar en mi vivienda.
El edifico en la que se encuentra, es un edificio viejo en el que no está previsto un lugar para su colocación, y la comunidad de vecinos jamás se ha planteado el tema y no hay nada aprobado al respecto.

El edificio no posee fachadas laterales, ya que linda con dos edificios más, ni posee terraza en su parte superior. Tampoco ninguna de las viviendas dispone de balcón interior para poder colocar la unidad exterior del A/A.

Así pues, sólo dispone de dos fachadas, la principal y la posterior.
El salón y habitación de matrimonio dan a la fachada principal (es ahí donde pretendo poner el airea acondicionado). Y la vivienda posee una viga que cruza su totalidad, lo cual, no me permite colocar la unidad exterior en la fachada trasera, ya que es materialemnte imposible realizar la instalación que una dicha unidad con la interior. (La única solución sería colocar un falso techo por debajo de dicha viga, quedando así el techo a una altura menor de 1,8 m).

Así pues, mi pregunta es la siguiente. Si se supone que el A/A es considerado un bien de primera necesidad, y ya que no tengo lugar donde instalar la unidad exterior salvo en la fachada principal..., puede negarse mi comunidad a que haga dicha instalación alegando modificación de fachada???

Necesito una rápida respuesta ya que esta tarde hay convocada una reunión extraordinaria de propietarios para tratar dicho tema.
Gracias de antemano.
05/09/2006 14:07
Dejando a un lado que el aire acondicionado no es un bien de primera necesidad, lo es el agua por ejemplo, el problema es que si tiene que tocar un elemento estructural como es el muro de carga, además del elemento común que es la fachada, puede no sólo negarse la comunidad, sino que necesita cumplir estrictamente con las mayorías en la aprobación de esas obras. En este caso, dicha alteración implica la necesidad de unanimidad. Si un solo propietario vota no, deberá buscar otro sistema que sustituya al que pretende colocar, será lo mejor.