"El arrendatario deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones que contempla el apartado 1 de este artículo, a cuyos solos efectos deberá facilitar al arrendador la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda. En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador."
Teniendo en cuenta que usted tiene niños, yo creo, creo, que el aire acondicionado, en España y en verano, debe considerarse algo necesario, como lo es la calefacción en invierno.
Primero: asegúrese de que puede demostrar que el casero, el dueño (no la inmobiliaria) está avisado por escrito de la existencia de la avería.
Segundo: repárela usted.
Tercero: reclame el importe al arrendador. No lo descuente de la renta, pídalo por separado.
Pero en esta época con le daría judicial si se pasa el verano y no se resuelve,puedo seguir con la reclamación??,me pueden indemnizar por el calor ?? Ahy alguna manera de demostrar el calor agobiante que pasamos con los niños??. gracias por su atención.
1.- En cuanto a quien dirigirse: a los dueños salvo que los hallan otorgardo un poder a la inmobiliaria y le hayan dicho a ud. que se ha otorgado dicho poder. Por ejemplo: si en el contrato no dice nada, tiene ud. que dirigirse a los dueños.
2.- Yo creo que ya se ha comunicado ud. con los dueños y con la inmobiliaria y parece que no hacen nada. En ese caso la única salida es demandarlos. Para que hagan la obra e incluso le paguen una compensación por haber "pasado calor".
3.- También puede arreglarlo ud. y luego demandar a los caseros para que le reembolsen el importe de la reparación, y asi no pasara calor. No se descuente el importe de la renta. Eso no es legal. Tendrá que interponer demanda. La ventaja de esta opción es que no pasara calor.
Pues en este caso los tres técnicos que vieron el aire coinciden con lo mismo ,que es por desgaste del equipo que tiene muchos años ,pero a todo esto el verano sigue su curso y el dueño da largas y ya no sé cómo hacerlo legalmente.el intermediario que es la inmobiliaria me dice le paso los mensajes ,pero que también le dan largas parece ,uno de los técnicos que logro hablar con la dueña : me dijo que la dueña le dijo que esos temas lo lleva la inmobiliaria ,así que no se más que hacer ni a quien reclamar.
Yo por simplificar lo veo asi de directo: si la avería la ha causado el inquilino (cosa muy improbable) debe arreglarlo el inquilino. En caso contrario (que será casi siempre) corresponde al casero.
No estoy seguro de haber entendido bien su descripción del problema del aire acondicionado, pero me parece que todo indica que su reparación o sustitución debe correr a cargo del casero.
Si, si el aire acondicionado se refleja en el contrato, mande un correo electrónico a la inmobiliaria pidiendo que se repare, y si eso no funciona, un burofax al casero.
Si la batería ya no funciona me dijo el del seguro es un equipo de muchos años y la batería se gasto los dos del seguro que vieron el equipo coinciden en lo mismo, que se tiene que cambiar el equipo por uno nuevo,pero bueno los dueños no están por la labor y el contacto que tengo es a través de la inmobiliaria que según los dueños son con los que tengo que hablar ya que por algo les pagan ,pero el de la inmobiliaria un día dice una cosa y otro día otra, cuestión que sigo esperando y no se quien es el que miente parece el teléfono escarchado en el piso no hace dos años que estoy ,en octubre se cumple dos años ,lo único qué me queda es mandar un burofax para saber realmente lo que pasa ,aver si me echáis una mano.un saludo y gracias por vuestra atención.
"La batería se rompió" ¿se refiere a la batería de condensación (entramado de tubos que no es habitual que se rompa, pero si que se ensucie) en la unidad exterior, o a la pila del mando a distancia?
El problema del aire es que la batería se rompió y aparte no tiene gas ,pero yo firme un contrato por cinco años ,entonces quería saber si a raíz de la reclamación del aire me pueden mandar un carta diciendo que no me renuevan o deben respetar los cinco años ?? A todo esto siguen sin reparar el aire.gracias por vuestra atención.
Si en el contrato figura todo lo del aire , decir verdad de un año para el otro dejo de tener gas el aire el técnico me dijo que es normal lo del gas ,el año pasado funcionaba muy bien pero este año al darle a encender no tiraba frío fue por eso que llame al técnico y me dijo eso lo del gas ,es decir es mal funcionamiento de la máquina o desgaste por el tiempo,a todo esto ya pasó un mes casi y siguen sin darme solución ,por otra cosa en octubre se me termina el contrato ,mi pregunta es puede influir en la no renovación del contrato si les obligó legalmente a que reparen el aire ?? De ser así con cuanto tiempo me lo tienen que comunicar?. Un saludo.
Si el aire acondicionado figura en el inventario o en el contrato si. O si no figura, pues también.
El casero debe efectuar todas las reparaciones que sean necesarias para el buen funcionamiento de los servicios del inmueble, ello incluye agua fría y caliente, electricidad, gas, calefacción y como en este caso aire acondicionado.
Solamente hay dos excepciones a esta obligación:
Una, que la avería sea culpa del inquilino, que haya maltratado la máquina.
Dos, que se trate de una reparación de poca importancia o de un mero mantenimiento: limpieza o sustitución de filtros, recarga del gas, un fusible, un cable, una clavija, reemplazo de pilas... cosas así.
Hola voy a exponer mi caso resulta alquile un piso ,por qué tiene aire acondicionado,pero ahora el aire se rompió ,le digo al dueño de repararlo o cambiarlo hace un mes y me está poniendo pegas ,se acerca el verano y no veo solución con el aire .mi pregunta es si legalmente puedo exigirle o que me bajé el precio del piso ??. gracias